El proyecto de nuevo Código Penal exime de pena a los que delaten a funcionarios corruptos
El ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, presentó ayer el anteproyecto de Código Penal para adaptarlo a la Constitución. Con el objetivo de luchar contra la corrupción, se crea un nuevo delito, castigado con hasta tres años de cárcel y hasta seis años de inhabilitación especial, para el funcionario que dé una aplicación privada a bienes muebles o inmuebles públicos. Asimismo, quedará exento de pena el ciudadano que denuncie haber sido tentado por un funciona no para una operación irregular, lo que en la práctica supone premiar el arrepentimiento en los delitos de corrupción. También se castigará hasta con seis años de cárcel a los agentes que torturen psicológica o moralmente a un detenido.
Bellóch explicó que el nuevo código pretende "evitar el problema de la inhibición del particular a denunciar [un caso de corrupción] por temor a la sanción". Además, se amplían las sanciones por los delitos de funcionarios y muy especialmente las penas de inhabilitación para delitos de corrupción. Otra novedad que amplía la represión contra la corrupción es la introducción del delito de malversación de bienes muebles o inmuebles. Actualmente sólo está penada la de caudales públicos.El ministro no ofreció el texto de ninguna de las novedades, pero otras fuentes gubernamentales informaron que la nueva figura está en el artículo 412 del anteproyecto: "La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro propio o ajeno y con grave perjuicio para la causa pública, diese una aplicación privada a bienes muebles o inmuebles pertenecientes a cualquier Administración o entidad estatal, autonómica o local u organismos dependientes de algunas de ellas, será castigado con las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial por tiempo de tres a seis años".
Comisiones de investigación
Otra laguna que pretende llenar el futuro Código Penal es la falta de sanción a quienes se nieguen a comparecer ante las comisiones parlamentarias de investigación. Se considerará desobediencia grave -castigada con penas de entre seis meses y a un año de cárcel, además de suspensión de empleo o cargo público de seis meses a dos años. Entre otras modificaciones del Código Penal, Belloch destacó "un tratamiento menos privilegiado para la Administración en cuanto responsable civil subsidiaria o directa por los delitos cometidos por los funcionarios". Serán los jueces penales los que decidan la responsabilidad de la Administración, sin perjuicio de que el ciudadano prefiera acudir a la jurisdicción administrativa.
Sobre el blanqueo de dinero, se penalizará toda "transformación, transmisión o adquisición bajo apariencia lícita de cualquier cantidad de dinero procedente de cualquier delito grave", y no sólo del narcotráfico.
Entrarán en el ámbito penal los comportamientos abusivos de los administradores de una sociedad mercantil o de unos socios en perjuicio de la sociedad, de otros socios o de un tercero. Igualmente, infracciones administrativas pasarán a ser delitos. Así ocurrirá con el uso de información privilegiada en los mercados de valores, que será castigado con entre uno y cuatro años de cárcel y multa. Para los casos en que el beneficio obtenido sea de especial entidad o cuando el sujeto los cometiere habitualmente o causare grave daño a los intereses generales, se prevé un supuesto agravado, castigado con cuatro a seis años de cárcel.
Ante la creciente importancia de los delitos económicos, el Código Penal introduce un nuevo tipo de estafa: la no devolución de cantidades recibidas indebidamente por error del transmitente, ya sea a través de, cajero automático o por apunte en cuentas corrientes. Se define de nuevo la quiebra, el concurso y la suspensión de pagos, poniendo el acento en "la insolvencia dolosamente [intencionadamente] causada o agravada por el autor en perjuicio de los acreedores".
El Código Penal amplía también la protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas. Belloch resaltó que "la nueva tipificación de la tortura constituye el modelo más enérgico en el derecho comparado". El artículo 514 castiga con penas de hasta seis años de cárcel y de inhabilitación a las autoridades o funcionarios que sometieren a la persona que tengan a su cargo "a condiciones o procedimientos que le intimiden o violenten su voluntad o, de cualquier otro modo, atenten contra su integridad moral".
Tortura psicológica
Belloch resaltó la importancia de esta nueva definición de la tortura que, al margen de las lesiones o atentados al honor producidos, penaliza los sufrimientos causados "contra la integridad moral". El artículo 517 establece que si, además del atentado a la integridad moral, la tortura "produjere lesión o daño a la vida, integridad física, salud, libertad sexual o bienes de la víctima o de un tercero, se castigarán los hechos separadamente".
La reacción del PP ante este proyecto se produjo ayer mismo. Federico Trillo, responsable de asuntos jurídicos del partido, consideró el nuevo Código de "electoralista" y que se ha elaborado sin el consenso de las partes implicadas, informa Europa Press.
Por otro lado, Belloch reconoció ayer la existencia de negociaciones con la Generalitat para elaborar un nuevo modelo policial. El presidente catalán, Jordi Pujol, y el ministro se entrevistarán la próxima semana para tratar del asunto, según afirmó ayer Catalunya Informació.
El cumplimiento de penas se endurece
El nuevo Código Penal garantizará el cumplimiento efectivo de las penas de cárcel por delitos especialmente graves, aunque sin exceder de 30 años, de modo que el condenado a 500 años cumplirá el máximo de 30 años. Belloch incluyó ayer entre tales delitos los de terrorismo, narcotráfico, homicidios, agresiones sexuales graves, torturas, rebelión y sedición.Belloch explicó que en tales delitos serán el juez o el tribunal que juzgue el caso quienes "podrán acordar que los beneficios penitenciarios se apliquen sobre la suma total de condenas", lo que garantiza una permanencia en la cárcel de un mínimo de 20, 25 o 30 años de cárcel, según los casos. Añadió que, para atemperar esa dureza en el cumplimiento de la pena, el Código Penal preverá que tal medida sea revocada por el juez de vigilancia penitenciaria, "si la evolución del tratamiento personal es favorable a la reinserción".
El ministro evocó el origen de "venganza y represalia" de la pena y recordó que la Constitución exige que las penas tengan un fin de resocializar al delincuente. Y añadió: "Mantengo que sólo lo ético es práctico y creo que todas las personas son recuperables, desde la óptica de su dignidad".
El cumplimientop efectivo de, las penas afectará también a las de menor entidad, gracias a la supresión de la actual redención de penas por trabajo. Belloch explicó que ahora las penas de cárcel sé cumplen con una reducción automática del 25%, de modo que, por ejemplo, 12 años de cárcel se convierten en nueve. En el anteproyecto, "el valor nominal y real de las penas coincide".
Otras novedades son la suspensión de la condena mediante la "libertad a prueba" y la sustitución de penas cortas de prisión por arrestos de fin de semana y trabajos para la comunidad.
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