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Absuelto un acusado de narcotráfico a quien se le aplicó la 'ley Corcuera'

La Audiencia Provincial de Las Palmas hizo púbica ayer una sentencia en la que se decreta la absolución de una persona acusada de delito de narcotráfico que había sido detenida en Arrecife de Lanzarote mediante la aplicación del artículo 21.2 de la ley Corcuera -el referido a la patada en la puerta-. Su inconstitucionalidad invalidó las pruebas practicadas contra José María S. C., acusado de pertenecer a una red que se dedicaba a vender heroína.

Otras tres personas, podrían beneficiarse también de la nulidad de la actuación policial, en cuanto sus casos sean definitivamente revisados.La sentencia hecha pública ayer es una de la primeras que tienen en cuenta la invalidación por parte del Tribunal Constitucional del polémico artículo de la denominada ley Corcuera. La sentencia adversa del Constitucional determinó la renuncia a su cargo del anterior ministro del Interior, José Luis Corcuera.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que preside el magistrado Antonio Castro Feliciano, dictó un fallo absolutorio tras retirar el fiscal sus acusaciones ante la invalidez de las pruebas practicadas y la ausencia de otras que perínitieran inculpar al presunto narcotraficante.

Se trata del primer fallo absolutorio que se registra en tras la revocación parcial de la Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. La defensa se amparó en la inconstitucionalidad del polémico artículo de la ley que se popularizó con el nombre del ministro que la asumió su defensa íntegra, hasta el punto de dimitir, según publicó ayer el periódico Canarias 7.

El fallo en tal sentido del alto tribunal se había producido pocos días antes de la vista oral celebrada en la Audiencia de Las Palmas el pasado día 26 de noviembre.

Venta de heroína

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Los hechos ocurrieron a principios del pasado año, cuando la policía irrumpió en la habitación de José María S. C., y en otras dependencias de la pensión Cardona, situada en la capital lanzaroteña, al tener constancia de que en su interior se vendía heroína.

Los funcionarios policiales actuaron sin mandamiento judicial de entrada y registro domiciliario, en base al citado precepto legal, y detuvieron a José María S. C. y a otras tres personas.

En esta operación no se encontró droga en poder del primero, pero sí en otras de las habitaciones registradas, según informó ayer a EL PAÍS un portavoz de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

En la citada sentencia absolutoria queda reflejada la nulidad de la intervención policial, así como de las pruebas efectuadas y de las declaraciones ofrecidas por los testigos. Dos de los encartados fueron juzgados y condenados en su día y ahora podrán interponer un recurso para que su sentencia sea revisada.

Un tercer implicado no compareció en el juicio. José María S. C. había sido declarado en busca y captura, por lo que su causa se retrasó, hasta que la vista fue celebrada finalmente el pasado día 26 de noviembre.

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