Justicia propone expulsar de la carrera a los jueces que aireen tres veces sus casos
Los jueces o magistrados que revelen tres o más veces hechos o noticias conocidas en el ejercicio de sus funciones podrán ser objeto de suspensión, traslado forzoso o expulsión de la carrera judicial, o multados con hasta medio millón de pesetas cuando tal conducta sólo se adopte una vez, todoello si prospera el anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sometido a informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El texto del Ministerio de Justicia se aparta del pactado con las asociaciones judiciales, ya que suprime de tales medidas la exigencia de perjuicio personal o procesal.
El acuerdo logrado por Justicia el 2 de noviembre último con las tres asociaciones judiciales se materializó en una quinta versión del controvertido borrador inicial, llamada a convertirse en definitivo anteproyecto de LOPJ Así lo anunció el ministro de Justicia, Juan Alberto Belloch, quien advirtió que no garantizaba el éxito en el Parlamento, pero reiteró que era el texto del ministerio.El anteproyecto de LOPJ remitido al poder judicial para informe se separa de lo pactado en la mesa negociadora en algunos aspectos sustanciales que recortan el derecho a la información y el principio constitucional de publicidad de las actuaciones judiciales. Una comparación entre ambos textos pone de manifiesto un repliegue de Justicia hacia su texto inicial.
En el catálogo de faltas graves de los jueces y magistrados se pactó la siguiente: "Revelar hechos o noticias referentes a personas físicas o jurídicas de los que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones con perjuicio para la tramitación del proceso o para cualquier persona". La frase en cursiva, no incluida en el borrador inicial, servía para excluir de la sanción disciplinaria aquéllas revelaciones no perjudiciales para el proceso ni para persona alguna.
Tal frase ha desaparecido del definitivo anteproyecto, con lo que será sancionable con hasta medio millón de pesetas la mera revelación noticiosa. Asimismo, el texto pactado, en este punto no variado, considera falta muy grave sancionada con hasta expulsión de la judicatura-, "cuando el juez o magistrado hubiere sido anteriormente sancionado por otras do! graves". Así pues, bastará que un juez revele en tres ocasiones noticias conocidas en su trabajo profesional para que pueda ser expulsado de la carrera judicial, aunque la información no perjudique al proceso ni a nadie.
Justicia también ha regresado a su borrador inicial en una de las faltas muy graves, al margen del texto pactado con las asociaciones judiciales, que era éste: "El incumplimiento del deber de secreto profesional con la revelación de hechos o de datos trascendentes relacionados con los asuntos de que conozcan los jueces y magistrados en el ejercicio de su función, cuando con ello se cause grave perjuicio a la tramitación del proceso o a cualquier persona". Se han eliminado las dos palabras subrayadas -"trascendentes" y "graves"-, con lo que se ha endurecido esta falta, que puede sancionarse con la expulsión.
La modificación realizada fue bien recibida en el décimo congreso de la Asociación Profesional de la Magistratura, mayoritaria y conservadora. La ponencia sobre Justicia y medios de comunicación señaló: "En el borra dor de reforma de la LOPJ pare ce que el Ministerio de Justicia contempla incluir sanciones disciplinarias para los miembros del poder judicial que incumplan el sigilo judicial, lo cual, si así se produce, será beneficioso".
En cambio, uno de los negociadores por la asociación minoritaria y progresista Jueces para la Democracia, José Ricardo de Prada, manifestó que "el Ministerio de Justicia ha defraudado la confianza en él depositada al hacer desaparecer del definitivo anteproyecto textos comprometidos en la mesa negociadora".
Otra modificación, que afecta al derecho de defensa, es el regreso al borrador inicial y la consiguiente supresión de otro texto pactado, según el cual el juez o magistrado "podrá valerse de abogado desde el inicio del expediente". Podrán intervenir el interesado y el fiscal, pero nada se dice del abogado en el definitivo anteproyecto de LOPJ.
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