Un juez anula cuatro cláusulas del contrato de cuenta corriente del Bex por abusivas
Un juez de Madrid ha anulado cuatro cláusulas del contrato que el Banco Exterior de España, de la corporación bancaria pública Argentaria, hace firmar a sus clientes para abrir una cuenta corriente por considerarlas abusivas. La anulación de la más importante de estas cláusulas por el juzgado número ocho de Madrid impedirá al banco cambiar unilateralmente las condiciones y los gastos convenidos, así como modificar el tipo de interés aplicable. El 95% de las entidades financieras españolas utiliza esta cláusula, según la Unión de Consumidores de España (UCE), que ha promovido el proceso judicial.Además de la anterior, el juez ha anulado otras tres disposiciones según las cuales la entidad tendrá que responder de los perjuicios que pueda causar el extravío o sustracción de cheques, pagarés o efectos cedidos al banco. No podrá cargar en una cuenta con varios titulares las deudas de uno de ellos resultantes de cualquier otra operación.
Finalmente, el Banco Exterior deberá responsabilizarse de los errores, demoras o deficiencias causados por los servicios de comunicación (Correos, servicio telegráfico o telefónico).
Sólo afecta al demandante
La sentencia, en cualquier caso, sólo afecta al Banco Exterior -y no al resto de entidades- y solamente a la persona que impulsó el proceso judicial -y no al resto de clientes del BEX-. La UCE lamentó ayer que el ordenamiento jurídico español, "al contrario que el alemán o el francés", no permita que la sentencia tenga un alcance generalizado a todos los clientes del banco y a todas las entidades financieras. Bernardo Hernández," asesor jurídico de la UCE, pidió que el Gobierno asuma en las leyes correspondientes la sentencia hecha pública ayer.El BEX ha, presentado un recurso de apelación contra esta sentencia, según un portavoz de la entidad. El Banco Exterior entiende que no hace más que aplicar la normativa vigente en el sistema bancario español. "Pretender otra cosa sería utópico", dijo. Segun la entidad, parte de las cláusulas que el juez ha anulado ya no estaban en vigor.
La UCE asegura que no ha habido ningún motivo especial para elegir al Banco Exterior para ejercer la acción judicial, " ya, que casi todos los bancos tienen cláusulas semejantes".
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