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El Gobierno convertirá en ley la directiva europea sobre televisión

Todas las cadenas de televisión españolas, sean estatales, autonómicas o en el futuro por satélite y cable, deberán adaptarse en los próximos meses a la directiva europea sobre televisión que establece, entre otras medidas, que el 50% del tiempo de emisión se dedique a las producciones europeas, que el tiempo de publicidad no exceda el 15% del tiempo de programación diaria (lo que equivale que en una hora no se podrá sobrepasar 12 minutos de publicidad) y que puedan emitirse anuncios sólo cada 45 minutos en las películas.La comisión de subsecretarios estudió ayer el borrador del proyecto de ley de transposición de la legislación española en materia de televisión a la directiva europea de 1989 y, según fuentes de la Administración, no introdujo modificaciones significativas al texto presentado por la secretaría general de Comunicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Un próximo Consejo de Ministros -todas las fuentes consultadas apuntan a que será el de la próxima semana- aprobará el proyecto de ley que pasará a continuación a tramitación parlamentaria.

La adaptación de la directiva europea, que España acomete cuando prácticamente se le acaba el plazo dado por el Consejo de la CE, perjudicará fundamentalmente a las cadenas privadas de televisión Antena 3 y Tele 5 que se financian básicamente con la publicidad. Directivos de ambas cadenas han manifestado repetidamente que la aplicación de esta ley podría suponer incluso la muerte para la empresa. No es el caso de Canal + cuya primera fuente de ingresos es la cuota de sus abonados.

En enero de 1992 la secretaría general de Comunicaciones preparó un borrador de adaptación de la legislación que fue muy protestado por la mayor parte de las cadenas privadas. En ese momento el Ministerio de Obras Públicas y Transportes anunció que pediría a la CE una revisión de la directiva. Tras sucesivos aplazamientos España es prácticamente el único país que todavía no tiene una ley específica de adaptación de la legislación comunitaria sobre televisión.

En el borrador de ley española, que es en esencia una copia de la directiva europea, se prohibe además la publicidad del alcohol y el tabaco y se restringe de forma considerable la publicidad indirecta y los programas patrocinados. También se plantean restricciones a la programación infantil.

En el capítulo destinado a la producción, el texto español sostiene que las cadenas deberán reservar al menos el 10% de su producción para obras de productoras europeas independientes. En la obligación de emitir el 50% de producciones de la CE se incluyen las obras en cualquiera de las lenguas del Estado.

Por otra parte el límite de un 15% de publicidad de transmisión diaria podrá aumentar hasta el 20% si se incluyen otras formas de publicidad como las ofertas de compraventa.

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