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Equidad y motivación

La concesión de indultos es potestad discrecional del Gobierno, pero no arbitraria, ya que la vigente ley de 1870 exige "razones de justicia, equidad o utilidad pública" que ninguna fuente jurídica aprecia en el caso Amedo. El abogado de la acusación popular, José Luis Galán, recuerda que los condenados no recurrieron al Tribunal Constitucional, por lo que "no es presentable que el ex ministro del Interior José Barrionuevo diga ahora que el juicio no fue justo".La vieja ley requiere también "decreto motivado". Aunque la reforma de 14 de enero de 1988 suprimió este requisito, el propio presidente del Tribunal Supremo, Pascual Sala, se ha pronunciado a favor del control de estas decisiones mediante su motivación, del mismo modo que la Constitución ordena que las sentencias sean "siempre motivadas".

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