Vacaciones sagradas
EL DERECHO al disfrute de vacaciones es una conquista social demasiado importante como para que venga a estropearla impunemente Renfe o la agencia de viajes de turno a la que el ciudadano se confía para llevar a cabo su propósito viajero con garantías. Algo de esto ha debido de rondar por la cabeza del juez que ha condenado a la compañía ferroviaria a indemnizar a un matrimonio de Zaragoza "por los daños morales y perjuicios" derivados "de haberse frustrado los medios de transporte previstos para sus vacaciones y la consiguiente decepción en sus expectativas". Renfe aceptó transportar el vehículo privado del matrimonio, pero a la hora de la verdad lo de ó en tierra por causa de su tamaño. La circunstancia de que la empresa devolviera el dinero de los billetes no fue suficiente para evitar su condena. El daño estaba hecho: obligó al matrimonio a cambiar sus planes de viaje, realizándose éste en condiciones muy distintas de las inicialmente previstas.La sentencia es positiva para los consumidores, pero, sobre todo, es acorde con las exigencias de una sociedad en la que la prestación de bienes y servicios se ha convertido en su principal eje productivo. Y es premonitoria de lo que puede suceder siempre que el usuario de un servicio deficientemente prestado se empeñe en exigir la responsabilidad pertinente a quien la elude.
En el caso de Renfe, su responsabilidad era poner a disposición del usuario un vehículo en sustitución del que no pudo ser transportado por error imputable a la compañía ferroviaria. Se hubieran respetado, en ese caso, las reglas de juego básicas en cualquier tipo de relación comercial: la igualdad, el equilibrio y la buena fe entre las partes. Algo que, desgraciadamente, todavía es un desiderátum en la sociedad de consumo actual, caracterizada en gran medida por la chapuza, el abuso e incluso el engaño, y, en definitiva, por la desconsideración del consumidor.
Es cierto que este tipo de decisiones judiciales que afectan a áreas de actividad económica y profesional hasta ahora poco transitadas por la justicia -entre otras, las recientes sobre la transfusión de sangre contaminada de sida- son consideradas por algunos como una intromisión exagerada de los jueces. Pero si ésta se produce, y lo hace con los efectos coercitivos propios de la justicia, es porque han fallado las garantías previas y los mecanismos autónomos de negociación y pacto entre las partes. En este sentido, el aprendizaje de una cultura del consumo sigue siendo todavía en España una de las claves no resueltas de su modernización y de su homologación con Europa.
Los consumidores españoles no sólo merecen protección -incluso la de tipo penal- frente a la manipulación alimentaría que pone en riesgo su salud o su vida, como ha ocurrido en los casos de la colza, engorde artificial de vacuno, desvío al consumo humano de carne de vacas enfermas de pneumonía o de intoxicaciones por salmonella. También la merecen frente a la chapuza, la publicidad engañosa o los contratos abusivos cuando compra a plazos una vivienda, suscribe una póliza de seguros, obtiene un préstamo bancario, desea utilizar una tarjeta de crédito, necesita hacer uso del teléfono, el gas y la luz eléctrica o concierta un viaje de vacaciones en determinadas condiciones. De ahí que tenga todo el derecho a reclamar cuando se sienta burlado y a acudir a la justicia. Es lo que acaba de hacer el matrimonio de Zaragoza al que Renfe obligó a modificar su plan de vacaciones. Y que cunda el ejemplo.
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