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El Ayuntamiento de Barcelona embargará también el salario de los morosos

El Ayuntamiento de Barcelona ha anunciado que también embargará el salario de los ciudadanos que tengan pendientes deudas por impago de impuestos o multas de circulación, si el embargo previo de la cuenta corriente no le ha permitido cobrar el importe adeudado. El embargo de salarios está contemplado en la Ley General de Recaudación como una medida complementaria y subsiguiente al de las cuentas corrientes.

La súbita ofensiva del equipo de gobierno socialista contra 89.000 ciudadanos morosos de Barcelona ha provocado el temor de muchos de los efectados, que el viernes acudieron a las entidades bancarias para cambiar la titularidad de sus cuentas corrientes, al saber que, el pasado día 8, el Ayuntamiento había cursado ya las notificaciones de embargo. Joaquim de Nadal, teniente de alcalde de Hacienda, ha declarado que los servicios jurídicos municipales están preparando ya la documentación necesaria para el embargo de salarios y añadió que, en los casos en que esta medida tampoco sea efectiva, el Ayuntamiento no dudará en recurrir a una tercera acción, también contemplada en la Ley General de Recaudación: el embargo de bienes immuebles.En el caso del salario, el Ayuntamiento solicitará a la Seguridad Social, de acuerdo con el procedimiento fijado en la ley, el lugar de trabajo del moroso, y una vez conocida la empresa en la que cobra su salario, requerirá el embargo de la nómina, a lo cual la sociedad no puede negarse.

Las principales organizaciones de usuarios, con el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC) al frente, han expresado su disconformidad con este procedimiento, aunque reconocen que los embargos de cuentas corrientes por impago de tributos o multas son legales.

Un portavoz del RACC indicó que el procedimiento empleado por el Ayuntamiento, con la notificación simultánea de miles de procesos de embargo, puede provocar la indefensión de los afectados, porque los servicios de reclamación no podrán atender adecuadamente los recursos que éstos puedan presentar. Un centenar de asociados al RACC solicitaron el viernes los servicios de la entidad.

De los 89.000 morosos perseguidos, 33.900 lo son por impago de tributos municipales y 58.800 por impago de multas de tráfico correspondientes a denuncias efectuadas durante 1991, 1992 y 1993. En la carta de notificación de embargo se advierte al ciudadano que tiene 20 días de plazo para presentar recurso en caso de disconformidad. Pero para que el recurso sea efectivo, debe presentar en el Instituto Municipal de Recaudación un aval bancario por un importe idéntico a la cantidad que se le reclama.

La asesoría jurídica del RACC ha indicado que el embargo de las cuentas corrientes es de legalidad dudosa en el caso de las que son de titularidad compartida y uso indistinto. Según el RACC, una sentencia del Tribunal Supremo dejó en suspensión cautelar los artículos del Reglamento General de Recaudación que hacían referencia al embargo de cuentas corrientes indistintas.

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Reincidentes

También la Organización de Consumidores y Usuarios de Cataluña considera que "el embargo de cuentas es una medida extrema, muy grave y arriesgada a la hora de ponerla en práctica, ya que pueden pagar justos por pecadores". Los partidos de la oposición se han desmarcado de la iniciativa. Convergència i Unió (CiU) ha expresado su disconformidad con el procedimiento, y el Partido Popular ha presentado una moción pidiendo la suspensión de los embargos.El Ayuntamiento de Barcelona ha insistido en que se trata de una medida que persigue únicamente a los reincidentes. Un 49% de los conductores tiene una multa al año. El resto tiene más de una, pero hay una pequeña fracción de conductores que acumulan una gran cantidad de sanciones. Así, en 1992 hubo un total de 148 vehículos que acumularon más de 100 multas cada uno y cometieron un total de 20.000 infracciones.

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