El juez del 'caso Filesa' imputa al PSOE una "abierta obstrucción" a la justicia
El instructor de la causa especial por el caso Filesa Marino Barbero, afirma que el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha mantenido un "comportamiento engañoso" hacia sus peticiones de documentación, al tiempo que le imputa una "abierta obstrucción" a la justicia durante los trámites de la causa. Estas afirmaciones figuran en un informe de Barbero a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que ha de pronunciarse sobre la nulidad de actuaciones solicitada por el diputado Carlos Navarro y los directivos de Filesa Luis Oliveró y Alberto Flores.
Ángeles Puerta, portavoz de la ejecutiva socialista, negó ayer tajantemente que el partido haya mantenido una actitud obstruccionista: "Desde la ejecutiva federal se ha colaborado en todo momento con la investigación y es el criterio que seguimos manteniendo". "Con la documentación entregada a Barbero por el Tribunal de Cuentas, y que el PSOE señaló donde se encontraba, es más que suficiente apara resolver la investigación planteada por Barbero que, no hay que olvidarlo, estaba encaminada a determinar si se solicitaba el suplicatorio para determinados aforados", añadió. Puerta inisitió en que su partido se siente indefenso por no estar personado en las actuaciones.Sobre los registros a la sede federal del PSOE, Barbero mantiene en su escrito una tesis clara: considera tales actuaciones perfectamente ajustadas a derecho, puesto que en un Estado democrático no existen 11 espacios acotados" y en todo caso no lo puede ser nunca la sede de un partido. Pero, al mismo tiempo, admite que los resultados de los registros han sido "parcialmente fallidos" para la causa.
El juez comienza por calificar de "manifiestamente capciosa" la respuesta del presidente del PSOE, Ramón Rubial, a sus primeras peticiones de documentos sobre la contabilidad del partido. Y atribuye a los responsables del PSOE un ', comportamiento engañoso", puesto que, por una parte, negaban la existencia de los documentos pedidos, y por otra se remitían al Tribunal de Cuentas para obtener otros que este organismo dijo que no tenía.
A la vista de esa situación -argumenta el juez- se hizo " imprescindible" el registro de la sede del PSOE, primero para determinar cuál era el lugar físico en que se encontraba la documentación que el instructor buscaba; y después, para acceder a los soportes informáticos y a la memoria del ordenador donde se llevaba físicamente esa contabilidad.
Sin embargo, tanto los documentos obtenidos en el partido, como los posteriormente aportados por el Tribunal de Cuentas, "no están legalizados", advierte el magistrado, quien añade que eso impide verificar su autenticidad.
Registros frustrados
Además, Barbero admite que los registros se han frustrado parcialmente" porque los responsables del PSOE indicaron que la documentación no entregada estaba en el despacho del diputado Guillermo Galeote, "por tanto aforado", y también al haberse borrado de la memoria del ordenador" datos contables sustanciales, respecto a los cuales el PSOE dijo que no había guardado copias de seguridad. El instructor acepta uno de los argumentos de la defensa de Carlos Navarro, en el sentido de que el instructor ha otorgado al PSOE un trato que podría calificarse de discriminatorio; pero da la vuelta al argumento del abogado, al afirmar que le ha otorgado "un clarísimo trato de favor, precisamente por tratarse de un partido político".
Barbero explica así esa afirmación: "Jamás se habría tolerado a entidad alguna de derecho privado -ni público- un comportamiento tan abiertamente obstruccionista como el que a esa Excma. Sala se ha descrito: la no entrega al Tribunal de Cuentas de documentación que se dice entregada; la entrega de "documentación" al Tribunal de Cuentas, que carece de tal carácter por no estar legalizada; la confesión de haber borrado de la memoria del ordenador toda la documentación contable; la confesión de haber elaborado copias de seguridad respecto de otro tipo de información (nómina, afiliados, etc), pero no de datos contables; la confesión de que se posee documentación 'abundante y prolija (sic)' que está en el despacho de un aforado"...
Y añade el juez: "El trato excepcional y exquisito otorgado a un partido político, por la conciencia de la primaria importancia que los mismos tienen en un Estado democrático, debe ser correspondido, obviamente, por los partidos en sus relaciones con la Administración de Justicia mediante una colaboración leal". Pero en esta causa especial -añade lapidariamente el magistrado "tal colaboración no ha existido. Todo lo contrario: abierta obstrucción". Por si ese comportamiento no se modifica, el juez insinúa que hará uso de Ias medidas que en derecho procedan para eliminar los obstáculos interpuestos".
Agrega que, cuando se iniciaron los registros en el PSOE, ya existían en la causa "indicaciones o senas graves", que permitían atisbar "la eventual responsabilidad criminal de las personas aforadas [Carlos Navarro y Josep Maria Sala] en relación con el posible objeto de investigación: los delitos imputados en denuncia y querellas".
Defensa
Lo más sustancial de los 63 folios de este informe consiste en la defensa que el instructor realiza de sus propias actuaciones frente a los recursos presentados por los abogados de los querellados. Asimismo, Barbero reitera que no ha pedido los suplicatorios para los parlamentarios investigados por cumplir una petición del fiscal al Tribunal Supremo, en el sentido de depurar antes la "conducta delictiva".
El juez da a entender que ha encontrado indicios de delitos monetarios por parte de los querellados, pero pide a la Sala Segunda del Supremo que se pronuncie sobre el contenido actual de estos tipos penales tras las últimas reformas.
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