Obviedades sobre la construcción de cárceles
Una buena receta para disipar los temores generados por la instalación de nuevos centros penitenciarios en España, afirma el autor, sería la de preguntar a los ciudadanos que tienen cercana a su domicilio una cárcel funcionando; se vería, agrega, que ésta no provoca ningún problema adicional a la vida en común.
Las cárceles atraen cotidianamente la atención de la opinión pública y esto es de agradecer, pues sugiere una sensibilidad social por la suerte de los que en ellas habitan. Mientras, en los últimos meses, la prensa se ha hecho eco, en general, tan sólo del rechazo que suscita la ubicación de nuevos centros. Sobre ello me gustaría dar mi opinión, sin duda interesada, toda vez que alguna responsabilidad tengo en el asunto.La realidad de las cárceles españolas es delicada, y entre sus múltiples causas, por ser conciso, apuntaré sólo tres: 1) las arcaicas infraestructuras; 2) el excesivo número de internos en relación con la capacidad total, con una tasa de ocupación cercana al 130%; y 3) el desmesurado coste de gestión y mantenimiento, en muchos casos, de los arcaicos e insuficientes centros penitenciarios actuales.
Estas tres circunstancias empobrecen paulatinamente el sistema y secuestran recursos económicos, que debieran emplearse en superar los problemas estructurales aludidos, permitiendo así una aplicación correcta de la pena.
Para atajar esta situación, el Gobierno ha aprobado un Plan de Creación y Amortización de Centros Penitenciarios, que pretende sustituir 8.000 plazas antiguas, para abrir 20.500 nuevas. Si no se lleva a cabo este plan, las consecuencias para la sociedad podrían ser tremendas, tanto en el plano político como económico. Las reformas en prisiones, que responden a un complicado mosaico de imperfecciones y necesidades, deben hacerse de acuerdo con un plan (éste u otro), si no queremos que se produzcan anárquicamente ante puntuales situaciones explosivas, tristemente más frecuentes de lo deseable.
Éste es el problema real que tiene planteada la sociedad española a propósito de las cárceles, al cual hay que aportar soluciones, a ser posible racionales, y no enmascararlo con otras cuestiones accesorias.
Intentemos comprender las motivaciones del rechazo a la construcción de cárceles nuevas, atribuido falazmente a la estulticia de la Administración Penitenciaria en ubicarlas, y no las definamos atropelladamente diciendo que responden a actitudes xenófobas, que lamentablemente no son exclusivas de ese sector (véase sida, centros de acogida, centros de drogadictos). Decir que los presos no son apestados y que, son personas que tienen todos los derechos civiles que el ordertamiento jurídico reconoce a los españoles excepto el de la libertad de movimiento durante el tiempo de su internamiento, no deja de ser una obviedad tal que produce sonrojo democrático. De rechazar una nueva cárcel en base a estos argumentos, habría motivos de preocupación por la salud democrática del pueblo. Sin embargo, disipar los temores de las gentes sencillas es una obligación de las autoridades públicas; para ello, una buena receta podría ser preguntar a los ciudadanos que tienen cercana a su domicilio una cárcel funcionando, y entonces, paradójicamente con el rechazo, comprobaremos que, lejos de temerla no quieren que se cierre, porque la experiencia enseña que no provoca ningún problema adicional, a la ya de por sí difícil vida en común, sino que por el contrario genera factores positivos con indudable incidencia socioeconómica.
Más preocupante sería que el rechazo a la construcción de un centro penitenciario respondiera a un cierto desprecio por las personas que visitan a los presos. Es otra obviedad decir que familiares y amigos de los reclusos, sean lo que sean (ricos, pobres, gitanos, payos, etcétera), son ciudadanos libres a los que ampara la ley, incluso cuando van de visita a las cárceles, y que contribuyen con su actitud solidaria a paliar el sufrimiento del penado y ayudan a la sociedad en su tarea moral de recuperar para sí estas personas, evitando con ello el desarraigo propio del confinamiento.
Solidaridad y tolerancia
Si nos viéramos obligados a juzgar al conjunto de la sociedad por actitudes basadas en estos temores, y manifestadas por algunos habitantes de localidades afectadas por la construcción de un centro penitenciario, en su propio territorio o en parajes cercanos, extraeríamos conclusiones muy alarmantes sobre la solidaridad y tolerancia de nuestros compatriotas cuando se les plantean estas concretas cuestiones.
Harina de otro costal son las oscuras razones de algunos que se alzan, sin serlo, como portadores de opinión, y que nada temen de las cárceles y porfían más en favor de la especulación que de la ecología.
Por otra parte, al Gobierno de España, por expreso mandato del legislador, es decir, de los representantes del pueblo, le corresponde decidir dónde se ubican las cárceles, y en algún caso, ¡cómo no!, pudiera equivocarse. En muchas ocasiones en la propia decisión está el error, y ésta es una actividad pública muy propicia para ello, aunque no es razonable pensar que sea así en todas las ocasiones.
De todos modos, me interesa aclarar, aunque es una tarea ociosa a mi modo de ver las cosas, que existe un entramado legal que regula las relaciones entre las distintas administraciones y que se funda en un reparto de competencias, que se sustenta en una jerarquía de intereses en la que ha de prevalecer siempre el interés más general. La determinación de cual sea éste le corresponde al Gobierno de España, y así lo ha expresado públicamente, por ejemplo, en el caso concreto de Soto del Real, a través del instrumento legal pertinente: acuerdo de Consejo de Ministros, por lo que cabría esperar de los representantes de cualesquiera otros intereses, públicos o particulares, que, admitiendo estas elementales reglas de un Estado de Derecho, hicieran lo que estuviera en su mano, apelando a la solidaridad, si ello fuese necesario, para que el interés común y mas general impere sobre los demás.
En definitiva, ante el legítimo ejercicio de una competencia estatal no cabe esgrimir, creando confusiones interesadas, la bandera de la autonomía local, dado que -como certeramente ha resaltado nuestro Tribunal Constitucional- la autonomía municipal no se garantiza por la Constitución para incidir de forma negativa sobre los intereses generales de la nación o en otros intereses generales distintos de los propios de la entidad local.
Aspectos políticos
Por último, me gustaría hacer dos breves reflexiones de perogrullo sobre los aspectos más puramente políticos de este asunto:
1.- Es una obligación ineludible de los gobernantes, al nivel que corresponda, relacionar las propuestas sociales unas con otras, y elaborar con ellas una selección, de suerte que todas las decisiones discurran en una misma dirección y, a renglón seguido, establecer un orden de prioridades. Una sociedad que demanda seguridad y, en su virtud, promueve normas que amplían los supuestos que penalizan conductas con la privación de libertad, debe prever las medidas oportunas para que en las prisiones no se rebajen las prestaciones mínimas que una sociedad democrática debe satisfacer.
2.- La acción de los partidos políticos debe estar guiada por un referente ético, que consiste, en términos generales, en apoyar las medidas que resulten más convenientes para la sociedad, incluso en contra de los propios intereses partidarios. En consecuencia, es reprobable el puro y simple rechazo u oposición en cuestiones trascendentes por divergencias partidarias: es muy importante en una sociedad libre, donde impera el Derecho, el no oponerse porque sí a una medida de los gobernantes democráticamente elegidos.
Si no la sociedad, a la que con excesiva frecuencia se apela, como si por padecer un problema se viera en la obligación de resolverlo, sí los instrumentos de intermediación social (instituciones y partidos políticos, sobre todo), deben plantearse en el tema de la construcción de cárceles nuevas estás cuestiones y obrar coherentemente.
es director general de Administración Penitenciaria.
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