Las centrales minoritarias pueden participar en el reparto del patrimonio
Los sindicatos minoritarios tienen derecho a participar en el proceso de toma de decisiones que afectan al reparto del patrimonio sindical, según la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional con fecha de 16 de noviembre y que da la razón al recurso presentado en 1987 por la CNT.
Según esta sentencia, la expresión "más representativos" para delimitar las centrales sindicales que tienen derecho a participar en la comisión consultiva creada por la ley de Cesiones de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado "es desproporcionada y contraria al imperativo consitucional de la igualdad entre los sindicatos".
El fallo no afecta al reparto ya realizado, según la interpretación que de la misma hizo ayer el Ministerio de Trabajo. CC OO no quiso hacer declaraciones "hasta conocer el texto", aunque adelantó que la decisión "rompe el criterio de libertad sindical establecido por la Ley Qrgánica de Libertad Sindical".
El Constitucional, en otra sentencia, ha fallado a favor del Estado frente a la Generaritat de Cataluña en dos conflictos sobre competencias en la regulación de la actividad de las cajas de ahorros. La sentencia, emitida el pasado día 13, reconoce como competencias del Banco de España ocho facultades que eran ejercidas en 1986 por la Administración autonómica. Asimismo, el TC rechaza el recurso planteado por la Generalitat contra un decreto del Estado sobre recursos propios de las entidades.
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