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El Estado, absuelto de indemnizar el homicidio cometido por un policía

La Audiencia de Madrid ha condenado al inspector de policía Gabriel Pérez Muinelo a seis años de prisión y a indemnizar con 15 millones de pesetas a los herederos del ciudadano colombiano Horacio Bedoya González, a quien el policía mató de tres disparos en el restaurante Fado, de Madrid, el 3 de enero de 1981.La sentencia ha aceptado la petición del abogado de la acusación particular Jaime Sanz de Bremond de condenar al policía por un delito de homicidio, y no por el de imprudencia temeraria con resultado de muerte, pero en cambio, ha absuelto al Estado de la responsabilidad civil subsidiaria.

Según la sentencia, el policía se encontraba en estado de embriaguez cuando entró en el restaurante Fado, montó su arma y comenzó a disparar sobre los clientes, alcanzando al colombiano Roberto Bedoya con tres disparos que le causaron la muerte. Después siguió disparando fuera del local y alcanzó en un pie a Alejandro Gómez San Antón, quien se encontraba cambiando la rueda de su vehículo.

Atenuante de embriaguez

La sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia aplica la atenuante de embriaguez y condena al policía a 6 años de prisión, de los 14 que pedía la acusación particular.Sin embargo, la sentencia de la Audiencia de Madrid ha rechazado aplicar la última doctrina del Tribunal Supremo sobre responsabilidad cuasi objetiva de la Administración en delitos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad aunque se encuentren fuera de servicio porque "tal doctrina no se halla todavía consolidada".

Según el tribunal, el inspector Pérez Muinelo no solamente se encontraba fuera de servicio "sino que en toda su actuación no asumió, en ningún momento, debido a su estado de embriaguez, las funciones propias de un policía, actuando de manera singularizada y sin conexión alguna con aquellos deberes de intervención que la ley le impone".

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