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Los alquileres de los locales comerciales se actualizarán en un plazo máximo de 16 años

El último anteproyecto de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) introduce varias modificaciones en el futuro régimen de alquiler de los locales comerciales con rentas congeladas. El primer borrador establecía dos mecanismos distintos, en función de que los inquilinos accediesen a actualizar sus rentas o no.

En el primer caso, el plazo para dejar el local y renegociar su nuevo contrato era de 15 a 20 años, según el año en que se suscribiera el contrato inicial. Esta fórmula llevaba aparejada una actualización de las rentas según un baremo cuya cota más alta puede llegar a duplicar su valor actual. El nuevo anteproyecto fija el plazo entre 14 y 16 años.

En el segundo caso, los inquilinos tenían un plazo de entre dos y siete años para abandonar el local. En ese periodo, las rentas se actualizarían anualmente con la inflación. El nuevo texto comprime el plazo entre cuatro y seis años.

Otra de las innovaciones del último borrador es la desaparición de los incentivos fiscales para las viviendas de protección oficial (VPO). No obstante, esta modificación se incluirá en la nueva ley del IVA.

Por lo demás, los aspectos básicos de la nueva legislación sobre alquileres -duración mínima del contrato de cuatro años y recorte de las subrogaciones- se mantienen.

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