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De la Quadra critica a la juez que excarceló a un policia del 'caso Nani'

El ministro de Justicia, Tomás de la Quadra Salcedo, criticó ayer la decisión de la juez de Vigilancia Penitenciaria de Toledo, Pilar Saldaña, quien concedió el régimen abierto al ex inspector de policía Victoriano Gutiérrez Lobo, condenado a 29 años de cárcel por la desaparición de El Nani, en contra del criterio de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Justicia. "La reinserción social de los delincuentes no es la única finalidad de la pena", dijo el ministro, contradiciendo el auto de la juez.

De la Quadra declaró, a preguntas de los periodistas, que la decisión de la juez de Toledo obliga a "una reflexión en profundidad acerca del papel de control sobre la Administración Penitenciaria que deben ejercer los jueces"..El ministro argumentó que la función judicial consiste en controlar la legalidad de las decisiones adoptadas por la Administración Penitenciaria -en el caso concreto de Gutiérrez -Lobo, negarle el paso al tercer grado, que permite acudir a prisión solamente a dormir-, pero no sustituirla, como ha ocurrido en esta ocasión, concediéndole el régimen abierto.

Tras advertir que se trata de "un debate delicado", subrayó que Ia Administración es "la responsable política de decisiones de ese tipo", por lo que debe ser también la competente para adoptarlas, sin suplantaciones exteriores. "La obligación del Poder Judicial no es responder políticamente, sino actuar jurídicamente, por lo que debe ceñirse al papel de control de la legalidad de la decisión administrativa y no tanto a un papel de administración" agregó.

"Tutela del orden social"

El ministro criticó implícitamente el auto de la juez, que argumentaba su decisión en virtud del objetivo de reinserción social de los penados que se persigue en el sistema carcelario español. "La reinserción social de los delincuentes no es la única finalidad del sistema penitenciario, pues,si fuera así, un homicida arrepentido no debería pasar ni una sola noche en la cárcel", explicó.

"La pena cumple funciones adicionales de tutela del orden social, de sanción y de castigo", añadió De la Quadra. "Hay que conectar ambos elementos y buscar el equilibrio".La decisión de la juez de conceder a Gutiérrez Lobo el paso al tercer grado y su traslado a la cárcel de régimen abierto de Yeserías (Madrid) causó gran malestar en el Ministerio de Justicia, ya que éste se había opuesto a concederle la situación penitenciaria más ventajosa con el argumento de la trascendencia social de los delitos cometidos -detención legal con desaparición forzada y torturas, entre otros- y a la larga condena impuesta, más de 29 años de cárcel, de los que lleva cumplidos seis (ver EL PAÍS del pasado lunes). Por otro lado, el ministro anunció que llevará el anteproyecto de Código Penal al Consejo de Ministros de la próxima semana. Respecto a la regulación del aborto, dijo que se hará "alguna corrección" en la redacción vigente, ya que ésta "ha presentado algunas difunciones" que deben ser subsanadas. No obstante, indicó que este problema. debe tratarse "con cuidado", ya que existe "una gran sensibilidad social" y que en la práctica, el problema está resuelto" ya que las causas Judiciales abiertas por presunto delito de aborto en los últimos años "son mínimas".

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