La Audiencia Nacional anula la concesión de una lotería a un dirigente del PSOE
La Audiencia Nacional ha anulado la concesión de la administración de lotería de Cox (Alicante), otorgada a Jesús García Maciá cuando era secretario de organización de] PSOE en la comarca de la Vega Baja del Segura, en 1986. La concesión de estas expendedurías a cargos socialistas y familiares desató un fuerte escándalo en toda España. A la vista de la sentencia, el CDS pide que se anulen todas los despachos dados en aquel polémico concurso.
En Alicante, el escándalo provocó la rápida destitución del gobernador civil, Octavio Cabezas, y destapó la existencia de Nécora -negocios comarcales rápidos-, una red de tráfico de influencias de los socialistas alicantinos. Cuando los hechos saltaron a la luz, el PSOE pidió a García Maciá que renunciara al despacho. Se negó y fue suspendido de militancia, según el partido. La polémica se extendió por otras provincias, sobre todo, Murcia y Valencia.La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, formada por Pascual Serrano -presidente-, Mercedes Pedraz y María Asunción Salvo, emitió la sentencia el pasado 30 de mayo. En ella, se estima parcialmente el recurso presentado por otro solicitante del despacho de Cox, Luis Sánchez Rocamora, contra la orden ministerial del departamento de Economía que, con fecha 13 de mayo de 1986, resolvió el concurso para la provisión de administraciones de la Lotería Nacional.
En los fundamentos de Derecho y en aras del principio constitucional de igualdad, la sentencia reconoce el derecho a concursar del militante socialista, ya que la pertenencia a un partido no puede convertirse "en causa de desigualdad".
Mejores condiciones
Respectó a los requisitos de los locales ofrecidos para albergar las administraciones de lotería, los jueces señalan: "El local del recurrente, desde el punto de vista comercial, reúne mejores condiciones que el del demandado, lo que no puede ser ignorado por la Administración".
El establecimiento de Sánchez Rocamora tenía 54 metros cuadrados de superficie total y estaba situado en la plaza del Generalísimo. El del militante socialista era más pequeño -22 metros- y estaba situado en una calle paralela. La Audiencia Nacional señala que la Administración no ha explicado las razones por las que considera "más idóneo" un local que otro y si se suma, o no, a ello la personalidad del concursante que lo presenta.
Según la sala, el expediente administrativo no detalla a qué obedecen los puntos obtenidos por cada concursante. El tribunal destaca que, además, el acta -mecanografiada- de la comisión provincial que hizo la concesión otorgaba 122 puntos a cada uno, si bien la cifra de Sánchez Rocamora fue enmendada con bolígrafo, en una "rectificación no salvada". Alguien puso un 1 final, por lo que se transformó en 121 puntos.
"Un examen somero del expediente revela que, en principio, reúne mejores condiciones el local ofertado por el hoy recurrente", afirma la sentencia.
La Audiencia Nacional no accede a adjudicar la concesión al demandante por considerar que no es cosa de su competencia. En el fallo, anula la concesión y ordena a la Administración que resuelva nuevamente el concurso de Cox con especificación de los criterios concretos que justifiquen la puntuación de los candidatos a la expendeduría.
Rafael Martínez Campillo, diputado del CDS que impulsé la presentación de esta denuncia, mostró su satisfacción por el fallo. "Es una garantía del ciudadano frente al tráfico de influencias. Supone una oportunidad de oro para sanear la vida pública y dar un escarmiento", manifestó. Martínez Campillo pide que se anule el concurso en toda España, ya que se registraron más recursos contra las citadas concesiones.
El Organismo Nacional de Loterías, que no ha vuelto a convocar concurso para conceder más administraciones, señaló que aún quedan otros recursos pendientes en la Audiencia Nacional. Las delegaciones provinciales de Hacienda tuvieron comisiones técnicas para asesorar sobre las concesiones. La sentencia de Cox puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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