Velocidad
Todos los días, a través de los medios de comunicación, conocemos la crónica negra de los accidentes de tráfico, plaga del siglo XX y que se viene cobrando más víctimas que muchas guerras. Entre los factores que más incidencia tienen como causa de estos accidentes figura la que se viene calificando como "velocidad inadecuada". Entendemos que no es adecuada la velocidad de un vehículo cuando, en un determinado tramo de carretera, se circula más rápidamente de lo permitido, no sólo por las limitaciones legales establecidas, sino también por las características y circunstancias del lugar: curvas con limitada visibilidad, deficiente estado del firme, lluvia, obstáculos imprevistos, etcétera, pero siempre por exceso. Es muy raro tener un accidente cuando se circula a una velocidad que pudiéramos denominar "controlada".
Por ello causa escalofríos el anuncio que aparece en un ejemplar reciente del suplemento dominical de EL PAÍS que hace referencia a una marca de coches. Dice textualmente: "La distancia más corta entre -dos puntos-. Sube a un [aquí la marca del vehículo] y sujétate. Verás cómo 140 caballos de potencia y hasta 210 kilómetros por hora te hacen cambiar el sentido de las distancias. El vértigo existe".
Confieso ignorar por cuáles tramos de carretera de la red nacional podría circular este coche u otros similares que no sea un circuito de carreras, porque en cualquier otro lugar se estaría cometiendo una flagrante infracción grave del tráfico y a la que está claramente incitando el anuncio. Una cosa es anunciar la velocidad que puede alcanzar un vehículo, de acuerdo con las bondades y características de su mecánica, y otra muy distinta provocar al usuario para que haga uso de esas cualidades del coche, que, por supuesto, puede hacer más corta en el tiempo la distancia entre dos puntos, pero también entre un lugar de la carretera y la UVI del hospital más próximo.-
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