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Tribuna:DEBATE SOBRE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Tribuna
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El gran ausente

"El tema del Tribunal Constitucional ( ... ) me atrevo a decir que es aquel en que esta Constitución se juega, literalmente, sus posibilidades y futuro". Cuando García de Enterría, catedrático nada sospechoso de veleidades nacionalistas, escribía esta frase ponía el dedo en la llaga.Siendo el Tribunal Constitucional uno de los denominados órganos constitucionales, desempeña un papel esencial en el sistema. Nadie ignora su trascendencia como intérprete máximo de la Constitución y de los estatutos de autonomía, como garante último de los derechos y libertades fundamentales y como juez ina,pelable en la distribución de competencias entre los poderes centrales y las autonomías.

Sin embargo, a pesar de su trascendencia, o quizá por ella, el Tribunal Constitucional se ha visto alcanzado en estos días por la polémica política. Y hay que reconocer que ha sucedido de forma muy poco conveniente.

Si lo que se pretende es obtener un órgano que sea clave en el equilibrio institucional, nada bueno puede venir de un sistema de designación de sus componentes basado en el más puro reparto de cuotas entre partidos. Y prescindo ahora de otros males, también graves, que aquejan al Tribunal Constitucional en su funcionamiento y procedimientos de que conoce, en los que se da una clara situación de desventaja procesal para las comunidades autónomas respecto del Estado.

El mantenimiento de un sistema puro de cuotas resulta contradictorio con la posición que el tribunal ocupa en la cúspide del sistema de garantías jurisdiccionales. Tampoco ofrece mucha fiabilidad el acuerdo que, al parecer, se ha alcanzado entre algunos partidos en el Congreso, basado en la elección de profesionales de reconocido prestigio y en el consenso de los grupos parlamentarios.

La primera condición se ha cumplido siempre. Nadie puede dudar del alto prestigio y capacidad profesional de los magistrados que han ido componiendo el tribunal desde su inicio. Respecto al consenso, lo único que garantiza es un mayor reparto de la cuota, pero ello no supone alterar el sistema de designación, ni mucho menos adecuarlo al hecho autonómico.

Esencia del Estado

Éste, el interés, autonómico, sigue siendo el gran ausente del debate. Y no es malo aclarar algunos conceptos. Cuando desde las comunidades autónomas se reclama un método de participación institucional en la composición del tribunal, no se plantea desde la óptica de la particular representación de intereses o como mecanismo perverso de influencia. El ordenamiento jurídico garantiza la independencia de los magistrados y, prohíbe el mandato representativo o la revocación de los designados.

La cuestión es otra muy distinta. Es un problema de concepción del Estado. No podrá hablarse de auténtico Estado de: las Autonomías hasta que el principio de la autonomía, participativo por excelencia, no se extienda y alcance a la esencia del Estado, a sus órganos fundamentales y, entreellos, al Tribunal Constitucional.

Llevo pronunciando este claro y preciso mensaje en cuantas conferencias, escritos, comparecencias e iniciativas parlamentarias tengo la oportunidad de participar. A pesar de su sencillez, seguimos contando con muchos supuestos en los que el hecho autonómico no se contempla y en los que habrá que continuar reiterándolo. Incluso este tipo de afirmaciones participativas sigue produciendo cierta sorpresa en algunos oyentes, al provenir de voces nacionalistas.

A mi entender, la generalización de las consecuencias de la autonomía constituye uno de los vetos pendientes para el cambio definitivo del Estado, para su modernización y progreso.

Es cierto que estas operaciones políticas de gran envergadura, como la sustitución de un Estado centralista por otro inspirado en los principios opuestos, requieren tiempo. Pero también exigen voluntad política y no pueden desperdiciarse oportunidades como la actual, en que la polémica ha surgido ante la inadecuación o carencia de una institución.

Alternativa

Quiero también hacer mención a la postura del partido al que pertenezco en este debate. El PN-V no ha aceptado el reparto de cuotas. Ni el inicial, ni el derivado del consenso entre los demás partidos. Pero esto no es una posición negativa, puesto que el grupo nacionalista en el Congreso ha presentado ya una alternativa en la que se pretenden contemplar todos los elementos en juego.

A través de una proposición no de ley se quieren sentar loscriterios para que el hecho autonómico califique por fin al tribunal. Se piensa para ello en los magistrados designados por el Senado, supuesta cámara de representación territorial, y el Consejo General del Poder Judicial, cuya organización responde hoy día a la realidad autonómica. Y se hace desde una perspectiva de participación institucional, modulando el sistema de designación a través de partidos, siempre presente en última instancia.

Por otro lado, no deben producir extrañeza este tipo de iniciativas. El derecho comparado y la realidad política european una amplia variedad de ejemplos de participación regional en estos tribunales, así como diversos mecanismos de garantía para los entes territoriales, en nuestro caso las comunidades autónomas. En algunos países se prevén fórmulas de participación activa y directa mediante propuestas de candidatos, complementadas con determinadas convenciones constitucionales que aseguren la designación. En otros se cuenta con representaciones indirectas en razón de la elección por las cámaras altas. En la mayoría, además de lo señalado, se establecen requisitos de elegibilidad a los candidatos que favorezcan su vinculación regional.

Las carencias están detectadas y la oportunidad está servida. Sólo hace falta, una vez más, voluntad política.

Joseba de Zubla Atxaerandio es consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico del Gobierno vasco.

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