El Tribunal Europeo condena a España por violar la libertad de expresión de Castells
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo considera que España violó la libertad de expresión en el caso de la condena por injurias impuesta en 1983 por el Tribunal Supremo y ratificada, dos años más tarde, por el Tribunal Constitucional al abogado y entonces senador de HB, Miguel Castells. La sentencia, fue adoptada por unanimidad del Tribunal, con la única salvedad de que tres de los magistrados, entre ellos el español Juan Antonio Carrillo Salcedo, emitieron votos reservados.De acuerdo con la sentencia, de obligado cumplimiento, el Gobierno español deberá abonar 3 millones de pesetas a Miguel Castells en el plazo de tres meses.
Castells fue condenado a un año de cárcel -que no cumplió al no tener antecedentes-, por un artículo publicado en junio de 1979 en el semanario Punto y Hora de Euskalherria, en el que sostenía la tesis de que los atentados a ciudadanos vascos perpetrados por supuestos grupos de extrema derecha, estaban en realidad respaldados por las instancias gubernamentales.
El tribunal considera que la protección de la libertad de expresión "es particularmente importante" cuando se trata de un político de la oposición. Sostiene que los límites de la crítica deben ser más amplios en los supuestos en que ésta va contra el Gobierno y no contra un particular e incluso, un político. Y añade, respecto a la conducta a adoptar por poderes públicos, que "la posición dominante que ocupa le obliga a dar testimonio de moderación en el uso de la vía penal, especialmente, si existen otros medios de respuesta a los ataques y críticas injustificadas".
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