El Tribunal Supremo limita temporalmente el monopolio de la funeraria
La empresa funeraria municipal ha perdido temporalmente el monopolio de traslado de cadáveres en Madrid, tras un auto dictado por el Tribunal Supremo hace dos semanas. El auto suspende cautelarmente el artículo de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres que indica que "el servicio deberá tener su origen en el municipio en que la empresa de pompas fúnebres tenga su sede". Los empresarios privados dicen que "por fin se ha hecho justicia".
Los empresarios de funerarias privadas, que mantienen un largo contencioso con el Ayuntamiento de Madrid por este motivo, tendrán que esperar aún la sentencia del Tribunal Supremo para ver definitivamente roto el régimen de monopolio de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios.El artículo cautelarmente supendido es el 139.3 del Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, Ahora, la empresa municipal sólo posee el privilegio del monopolio cuando el fallecido sea residente en la capital, muera dentro de su término municipal y desee ser enterrado en los cementerios de Madrid. Si los fallecidos no reúnen cualquiera de estos tres requisitos el cadáver podrá ser trasladado por una empresa funeraria privada.
El Tribunal Supremo considera que la suspensión de este articulado "viene a resolver un conflicto de intereses privados, cuya solución no afecta al interés público". Los empresarios de las funerarias privadas manifiestan a este respecto que "se ha hecho por fin justicia y ahora quedan claros los límites del monopolio municipal".
Libre mercado
Para Vicente Mora, presidente del Consejo de Administración de Funeraria Madrileña, una entidad que agrupa a nueve de las principales empresas priva das del sector, "el Supremo reafirma la tendencia al libre mercado a que camina el transporte de los fallecidos en Madrid. De todas formas, todavía no se ha eliminado totalmente el monopolio municipal, pero de eso ya se ocupará la entrada en vigor de la normativa comunitaria el próximo año".Para Simón Viñals, concejal de Sanidad del Ayuntamiento de Madrid y responsable de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios, la interpretación del auto es notablemente distinta. Para Viñals, "el tribunal no ha querido pronunciarse hasta la redacción de la sentencia definitiva y ha dejado la cuestión temporalmente suspendida". De todas formas, el edil reconoce que Ias privadas han ganado una primera batalla y ahora mismo pueden actuar en la capital al suspenderse el artículo". Viñals siempre se ha manifestado partidario de perseguir a los empresarios privados que, contra lo establecido, han establecido una dura competencia con la empresa municipal.
Actualmente la actividad de las funerarias privadas en el traslado de fallecidos desde Madrid ha arrancado al servicio municipal, según los sindicatos de la empresa funeraria, un 50% del total del negocio. Unos datos que no desmiente el presidente del Consejo de Administración de Funerarias Madrileñas, Vicente Mora, aunque afirma no contar con cifras exactas.
La competencia que hasta el momento llevaban a cabo las empresas privadas producía unas pérdidas anuales al monopolio de 1.500 millones de pesetas. Con el auto dictado por el Tribunal Supremo la situación de la empresa municipal, previsiblemente, se agravará de forma notable. Para Vicente Mora, las pérdidas serán una consecuencia de la mala gestión administrativa, "no por nuestro trabajo, que es completamente legal y se realiza con todos los permisos necesarios".
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