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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Daños de Estado

LO DISCUTIBLE en la sentencia de la Audiencia de San Sebastián por la que se condena al Estado a pagar 46 millones de pesetas de indemnización porque la policía tardó 24 minutos en atender un aviso de atraco a una joyería no es la doctrina que aplica, sino la consideración de que la demora constituye una actuación negligente del servicio policial. En cualquier caso, y sea cual sea la valoración definitiva que haga de la prueba el Tribunal Supremo, ente el que ha recurrido el abogado del Estado, sentencias como ésta deben ser acogidas con satisfacción por cuanto estimulan el sentido de responsabilidad en el desempeño de las funciones públicas y en la prestación de servicios que son financiados con el dinero de los contribuyentes.Una sociedad moderna, democráticamente estructurada, se diferencia de la que no lo es fundamentalmente por el tipo de relación existente entre los poderes públicos -políticos y administrativos- y los ciudadanos. Una relación que implica no solamente una mejora en el trato, el rechazo a todo vestigio de despotismo arbitrario, la eficacia del servicio y la buena gestión, sino el establecimiento de una verdadera situación de igualdad ante la ley. No cabe duda de que una de las manifestaciones más efectivas de dicha igualdad es la posibilidad de que el ciudadano sea resarcido económicamente por los daños y perjuicios que haya podido ocasionarle el mal funcionamiento de las administraciones públicas.

En un Estado democrático, la principal razón de ser de la Administración, la justificación última de su financiación a cargo de los impuestos, se encuentra precisamente en su capacidad para ejercer con eficacia sus funciones en relación con los ciudadanos. Del mismo modo que la Administración tiene capacidad para sancionar y exigir todo tipo de responsabilidades a quienes incumplan sus obligaciones legales y sociales, los ciudadanos deben disponer también, en justa correspondencia, de capacidad para exigir las que correspondan a la Administración por el incumplimiento de las suyas. De ahí que uno de los retos más importantes de los Estados modernos sea el de articular un sistema equilibrado de responsabilidad administrativa ni tan rígido que provoque la paralización de la maquinaria estatal, ni tan flexible que deje impune la actuación negligente en su funcionamiento.

La ley española actual constituye un buen punto de partida para el desarrollo de un sistema de esta naturaleza. Y aún lo será más la futura, una vez que entre en vigor el proyecto de Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, actualmente pendiente de aprobación por el Parlamento. Dicho proyecto de ley no sólo clarifica de modo inequívoco los supuestos en los que puede darse una relación de causalidad entre los daños y el funcionamiento del servicio público en cuestión, sino que establece un procedimiento rápido para hacer efectiva la correspondiente indemnización al ciudadano perjudicado. Lo que importa ahora es que todos sean conscientes de este derecho y que lo ejerzan cuando se consideren perjudicados. Y que los poderes públicos no anulen en la práctica, mediante dilaciones injustificadas y el recurso a criterios restrictivos, lo que la ley reconoce en teoría.

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El buen funcionamiento de los servicios públicos sigue siendo una de las prioridades políticas más acuciantes. Y lo será mientras este objetivo dependa más de las buenas intenciones de los gobernantes que de la existencia de un sistema eficaz que permita a los ciudadanos exigir las responsabilidades que procedan por su gestión. De ahí la trascendencia de la sentencia dictada por la Audiencia de San Sebastián. Acertada o no en su valoración como negligente de la actuación policial, marca un camino en la exigencia de las responsabilidades inherentes al Estado moderno.

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