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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Inquietud

Como profesional de las Fuerzas Armadas en activo leo con preocupación su editorial del viernes 31 de enero, al hilo de la opinión publicada en una revista del Ejército del Aire del general Guil Pijuán sobre la política lingüística en dos comunidades autónomas. Al titularla ... a tus zapatos, usted aboga por arrinconar al autor del artículo en su parcela acuartelada, y señala que "no es a los militares a quienes corresponde participar en el debate ni sobre ésa ni sobre cualquier otra política...".Con igual inquietud leí la referencia que en su periódico del pasado 13 de noviembre se hacía a una reciente sentencia del Tribunal Supremo en la que se diferenciaba entre la libertad de expresión de los militares y los civiles, como si fuera posible hacer distinciones por el solo hecho de expresar de forma razonada y respetuosa una opinión personal por parte de un ciudadano, con o sin uniforme. Más aún cuando ante la ocasión de juzgar un derecho fundamental recogido en nuestra Constitución el Tribunal Supremo distingue entre civiles y militares en función de "un principio básico de disciplina" no definido en nuestra norma básica y cuyo contenido valorativo es de difícil control jurídico.

Parece unánime y dentro del sentido común democrático que cualquiera de las restricciones de derechos y libertades sean mínimas, no ya para los militares, sino también para cualquier otro colectivo de ciudadanos, por lo que en términos generales a la hora de concretar el alcance de los principios de la Constitución aplicables a las Fuerzas Armadas hay que resaltar la importancia del principio personalista en la ley fundamental que comporta la necesidad de un respeto escrupuloso de la dignidad de la persona, de los derechos inviolables que le son inherentes y el libre desarrollo de la personalidad que son el fundamento del orden político y de la paz social.

La Constitución elimina de esta manera las justificaciones proclives a configurar el Ejército como un organismo inanimado, ya que la vida interna, la discrepancia ideológica, el ejercicio de los derechos fundamentales no perturba el normal funcionamiento de las Fuerzas Armadas en una sociedad democrática, y sí se logra con ello la integración plena de los hombres de armas en la ciudadanía. A través de esta visión amplia se posibilita la maduración de la conciencia democrática en los militares y se ponen los fundamentos de una nueva relación entre las esferas castrense y civil.

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Si la democracia queda negada cuando el Ejército actúa con su potencial coactivo, la democracia queda afirmada cuando el ciudadano militar hace sentir su presencia al proceso de dirección política general por medio de sus aportaciones a las polémicas de orden general o a los debates referentes a la organización y ejercicio de las funciones de las Fuerzas Armadas. Frente a la tendencia proclive a configurar unos ciudadanos mudos e inermes hay que resaltar la importancia de la opinión militar como un elemento más de racionalización de la vida política.- . Capitán de Infantería.

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