El Gobierno sube la velocidad hasta 120 kilómetros por hora en autovía y la restringe a 50 en ciudad
El acelerador se podrá pisar hasta 120 kilómetros por hora en autovía y no deberá pasar de 50 en ciudad (excluidas las circunvalaciones, como la M-30 y la M-40), según el nuevo Reglamento de Circulación aprobado ayer por el Gobierno. Estas velocidades, que no podrán ser rebasadas para adelantar, son dos de las novedades más importantes de la nueva normativa, que establece también la obligatoriedad del uso del casco en todas las motos y de los cinturones delanteros y traseros en ciudad. El reglamento prevé sanciones de hasta 15.000 pesetas para quienes avisen de la presencia policial con ráfagas de luz.
El nuevo Reglamento deroga 139 artículos del Código de la Circulación. Dentro de unas pocas semanas, los quince millones de conductores españoles recibirán en sus domicilios un folleto con los aspectos más importantes de esta norma: Desde la entrada en vigor del reglamento -a principios de febrero- conductor, acompañante y ocupantes de los asientos posteriores (si el vehículo dispone de cinturones traseros) deberán usar el cinturón en ciudad y en carretera. A partir del 15 de junio, todos los coches deberán tener cinturones posteriores como requisito indispensable para ser matriculados. Aquellos que no usen el cinturón podrán ser multados con hasta 15.000 pesetas como autores de una falta leve. Igualmente, se consideran infractores leves a los motoristas que circulen sin casco en cualquier tipo de ciclomotor o motocicleta, en zona urbana o interurbana. La multa, en este caso, será de 15.000 pesetas desde el 1 de septiembre.
Otras de las nuevas infracciones leves contempladas en el reglamento son las que sancionan el uso arbitrario de destellos de las luces largas para, por ejemplo, avisar de la presencia de agentes de tráfico en las inmediaciones. También se sanciona, con falta leve, a los que porten en su vehículo y utilicen aparatos detectores de radar para evitar ser cogidos in fraganti por la Guardia Civil cuando superen la velocidad legal.
Otra de las nuevas multas leves sanciona a los que conducen con auriculares conectados a radios o aparatos de sonido. No se podrá tampoco hacer autoestop en autopista ni circular con patines o monopatines en cualquier vía.
En el apartado de la velocidad, el Gobierno la ha aumentado en 20 kilómetros -de 100 a 120- en autovía y ha bajado en 10 kilómetros -de 60 a 50- la autorizada en ciudad. El director general de Tráfico, Manuel Muñoz, justificaba hace unos días la reducción de la velócidad urbana: "Es una forma de atajar las pistas de velocidad libre en que se convierten las ciudades por la noche".
Esta limitación de la velocidad máxima en ciudad ha sido contestada por los taxistas. Según varios portavoces sindicales, la reducción a 50 kilómetros por hora "sólo es una medida de imagen, nada operativa. Lo que hace falta es que se vigile la velocidad y se hagan más controles de alcoholemia".
Los taxistas rechazan también la obligación del uso del cinturón trasero, que califían de absurda". Algunos de estos profesionales ya han anunciado que se negarán a pagar la multa de 15.000 pesetas si el pasajero no quiere ponerse el cinturón.
La velocidad máxima autorizada para circular por el casco urbano de Barcelona es, desde el pasado 1 de enero, de 50 kilómetros por hora. La Guardia Urbana no sancionará este mes a los infractores de esta limitación (sí a los que sobrepasen los 60 kilómetros por hora, el límite anterior), pero desde el 1 de febrero las multas por este concepto oscilarán entre 15.000 y 40.000 pesetas. En los cinturones de ronda, la velocidad máxima será de 80 por hora.
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