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Los fiscales, indignados por una sentencia que absolvió a tres presuntos etarras

La junta de fiscales de la Audiencia Nacional se reunirá hoy en junta para analizar la sentencia de la Sección Segunda de lo Penal que absolvió a José Luis Muñoz Rodríguez, Txebis; Mikel Beloqui Iríbar e Iñake Cortadi Alustiza del delito de colaboración con banda armada que les imputó el fiscal por intentar sacar en un helicóptero de la cárcel de Herrera de la Mancha al etarra Ignacio de Juana Chaos.

La Audiencia Nacional, en una sentencia insólita, consideró los delitos como una evasión de presos y les absolvió al no haber sido acusados de dicho delito por el ministerio fiscal. El ambiente ayer en la fiscalía era de indignación por los razonamientos de la sentencia, que ya ha sido recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.Fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) indicaron que la calificación del fiscal fue acertada y manifestaron que la sentencia absolutoria de los tres acusados había resultado ,,asombrosa".

La sentencia consideró probado que Txebis, pariente del jefe del comando Madrid, Ignacio de Juana, proyectó la evasión de éste y de otros presos de la prisión de Herrera de la Mancha utilizando un helicóptero alquilado, camuflado con distintivos de la Cruz Roja, que debería ha ber ido pilotado por Txebis y por Mlke1 Beloqui.

En lancha a Portugal

Beloqui conocía perfectamente la cárcel de Herrera de la Mancha, donde cumplió una condena de seis años por colaboración con ETA. El plan consistía en posar el aparato en el patio de la prisión, rescatar rápidamente a Ignacio de Juana y a otros etarras y posteriormente pasar en una lancha Zodiac a Portugal navegando a través del río Guadiana.

Para llevar a cabo el plan, Txebis recibió del máximo dirigente de ETA, Francisco Múgica Garmendia, Artapalo, la suma de dos millones de pesetas, con los que adquirió una Zodiac con -motor que escondió en un garaje alquilado en San Sebastián por Iñake Cortadi.

En el verano de 1988, Beloquí e Iñake realizaron dos viajes de con la embarcación por los embalses del Guadiana, con el objetivo de reconocer el terreno, mientras Txebis realizaba un curso de piloto de helicóptero durante seis meses.

Posteriormente cambiaron el plan y decidieron alquilar un helicóptero con piloto al que secuestrarían una vez en el aire forzándole a aterrizar en el patio de la prisión.

En vez de ir hasta Portugal construirían un Zulo en la provincia de Cáceres para ocultar allí a los fugados, para lo que recibieron otras 800.000 pesetas de Artapalo. El plan se desbarató al ser detenidos por la policía sus autores.

La sentencia consideró que estos hechos no constituyen el delito de colaboración con banda armada sino el de evasión de presos, en grado de tentativa.

Al no existir acusación del fiscal por este delito, el tribunal decretó la absolución de los tres inculpados que salieron de prisión el pasado día 7.

Fuentes de la fiscalía afirmaron que la sentencia "no tiene sentido" y que los hechos constituyen un delito de colaboración "como una casa". Según dichas fuentes, los acusados recibieron 2,8 millones de pesetas de Artapalo para ejecutar un plan de fuga de etarras. Txebis dejó su trabajo habitual y estuvo viviendo a sueldo de la organización terrorista y Beloqui ya tenía una condena por colaboración con ETA.

"Además", precisaron las citadas fuentes de la fiscalía, "el delito de evasión de presos no es de la competencia de la Audiencia Nacional. ¿Cómo han permitido los magistrados que estuvieran dos años y medio presos acusados de colaboración?. Si a lo largo del procedimiento observaron que podría tratarse de un delito de evasión de presos, debieron haber enviado la causa a la Audiencia de San Sebastián que sería la competente en ese supuesto".

La Fiscalía aduce también que el tribunal -y éste lo reconoce en la sentencia- no utilizó la facultad del artículo 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite al presidente llamar la atención del fiscal si considera que la calificación del delito pudiera ser distinta a la formulada en las conclusiones.

La fiscalía de la Audiencia Nacional ya ha anunciado ante el Tribunal Supremo la presentación del recurso y en la junta de mañana estudiarán los motivos de casación para formalizar dicho recurso.

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