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La Audiencia anula el auto que daba un plazo de 60 días al Gobierno para reformar Carabanchel

La Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha decretado la nulidad de la resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Madrid que daba un plazo de dos meses al Gobierno -periodo que expiró el pasado mes de septiembre para que adecentase el centro penitenciario de mujeres de Carabanchel.

El tribunal de la Audiencia argumenta la nulidad de la resolución en que la juez María del Prado Torrecilla no escuchó, como es preceptivo, a la Administración y, por tanto, "vulneró los principios de audiencia y defensa". La resolución ahora anulada fue dictada por la juez Torrecilla el pasado mes de mayo tras girar una visita a la cárcel de mujeres de Carabanchel en la que advirtió que la mayoría de las celdas eran "inhabitables", ya que albergaban a dos internas cada una en un espacio de "apenas ocho metros cuadrados". La juez denunciaba también falta de intimidad enlos aseos, en las duchas y en las propias celdas. Tras describir las deficiencias, la juez dio al Gobierno un plazo de 60 días para que las solventase. Tal periodo expiró a finales del pasado mes de septiembre sin que se hubieran solventado todas las deficiencias que apuntaba la juez en su auto.

Instituciones Penitenciarias presentó un recurso contra esa resolución ante la Audiencia Provincial alegando, por una parte, que la juez Torrecilla era "incompetente" para dictar una resolución de esa índole, y, por otra, que había actuado sin escuchar a la Administración. El tribunal ha estimado este último alegato, pero rechaza el anterior al entender que los juzgados de vigilancia están facultados para velar por los derechos de los presos.

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