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REACCIÓN SOCIAL ANTE LA MARGINACIÓN Y LAS DROGAS

Una enmienda del PSOE a la ley de Seguridad, estimada inconstitucional

Jueces, abogados y catedráticos de Derecho Penal y Procesal han expresado, dentro del rechazo general al proyecto de ley de Seguridad Ciudadana, su crítica a las enmiendas socialistas que afectan a los puntos más polémicos del texto: la retención policial de ciudadanos no identificados y la entrada en domicilios sin autorización judicial. En concreto, la flagrancia permanente que pretende introducir el PSOE es estimada por estos expertos como una nueva inconstitucionalidad.

La enmienda socialista al artículo 21.2 mantiene como causa legítima para que la policía entre en un domicilio sin autorización judicial "el conocimiento por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de que se está cometiendo alguno de los delitos que, en materia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, castiga el Código Penal". Pero la mayor novedad es el texto que el PSOE pretende añadir a renglón seguido: "A los efectos de la flagrancia, en los casos de delitos cuya acción se prolongue en el tiempo, se entenderá que el delito se está ejecutando mientras dura su comisión".El abogado y catedrático de Derecho Penal José Manuel Gómez Benítez considera que la enmienda socialista "endurece" el proyecto gubernamental. "El concepto de flagrancia acuñado por la jurisprudencia", señala, "está vinculado a la realización del delito en el mismo momento en que es sorprendido por la policía y a la persecución inmediata del delincuente". Y añade: "Extender eso a toda la fase de comisión del delito es una interpretación que no tiene parangón internacional y que, desde luego, me parece inconstitucional. La flagrancia ha de estar ligada a la urgencia".

Otro abogado y catedrático de Derecho Penal, Juan Córdoba Roda, explica que el registro de domicilio por flagrante delito "requiere la necesidad urgente de entrar la policía para poner fin a la actuación delictiva". Agrega que en los casos de flagrante delito en que "dé tiempo a montar un servicio policial, debe pedirse la autorización judicial" y recuerda que "el tráfico de droga, según la jurisprudencia, es un delito instantáneo, con efectos permanentes, por lo que la enmienda socialista hace una interpretación extensiva que contraviene el concepto de flagrancia".

La carcajada del también abogado y catedrático de Derecho Penal Miguel Bajo, al escuchar el texto de la enmienda del PSOE, fue seguida de su opinión "profunda y visceralmente en contra de esta barbaridad de la ley Corcuera, empeñada en privar a los jueces de medios represivos, para concedérselos a la policía", dijo. Añadió que el fundamento último de la flagrancia es "la situación de urgencia y necesidad, sin las cuales, aunque el delito sea flagrante, debe pedirse la autorización judicial".

El catedrático de Derecho Procesal Ernesto Pedraz se manifestó "absolutamente en contra de la enmienda socialista, claramente inconstitucional y que empeora gravemente", dijo, "el proyecto de ley". Criticó el artículo 20, sobre la identificación policial, "contrario a la doctrina del Tribunal Constitucional, queno permite zonas intermedias entre libertad y detención" y que "dota a la policía del principio de oportunidad, según el cual podrá elegir a quienes detiene, con lesión de la igualdad ante la ley".

Criterio policial

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Pedraz rechaza la enmienda del PSOE, ya que "la fiagrancia es un concepto procesal que indica una delimitación temporal, que no puede prorrogarse según el criterio subjetivo de la policía, ya que podríamos llegar a la conclusión de que integran el delito acciones que no lo constituyen, con lo que se crearía inseguridad jurídica, cuando lo que debe hacer la ley es objetivizar las conductas".

El portavoz de Jueces para la Democracia, Antonio Gil Merino, no muestra asombro ante una enmienda del mismo partido de "un ministro [el del Interior, José Luis Corcueral que invita a las fuerzas de seguridad a que obtengan pruebas ¡legales". El magistrado Perfecto Andrés, del mismo colectivo, opina así: "Flagrante es un delito que se percibe por los sentidos. La fiabilidad de la evidencia justifica actuaciones policiales drásticas no permitidas en otros casos. Pretender que sea flagrante, además de lo que se ve, lo que se conoce, choca antes que con la Constitución, con el diccionario. Y la enmienda socialista, aparte de su horrorosa redacción, es pura redundancia y sólo sirve para hacer más ostensible el despropósito".

El Supremo exige urgencia para el registro y no admite provocar el delito

La aprobación de la ley de Seguridad Ciudadana, tal como ha sido remitida a las Cortes por el Gobierno o con la incorporación de las enmiendas socialistas hasta ahora presentadas, chocaría con la doctrina del Tribunal Supremo sobre la flagrancia y los delitos de narcotráfico. Para el Supremo, la policía sólo puede prescindir de la autorización judicial por razones de "especial urgencia" y n,o puede utilizar "procedimientos ¡lícitos o éticamente reprobables" como la provocación del delito.En cuanto al delito provocado -al que el ministro del Interior José Luis Corcuera se ha referido como medio utilizable-, el 20 de febrero de 1991 el Supremo anuló la condena a cuatro años de cárcel impuesta a cuatro ciudadanos por tráfico de drogas. Estimó que los delitos cometidos por los cuatro condenados fueron provocados por la Guardia Civil, lo cual constituye, decía el Supremo, "una utilización de procedimientos ¡lícitos o éticamente reprobables".

El Supremo calificaba así a la actuación de un grupo antidrogas de Sevilla que recibió información de que una persona conocida por El taxista actuaba de intermediario en operaciones de narcotráfico. Se estableciór contacto con personas dedicadas a esa actividad ¡lícita y un guardia civil, que adoptó el apode de El catalán, manifestó a El taxista su deseo de adquirir hachís a cambio de dos millones de pesetas. En el momento de la entrega de la droga, el guardia civil encubierto sacó su arma reglamentaria y detuvo. La sentencia declaró que "la absoluta legalidad o licitud es exigible tanto para los fines como para los medios utilizados para lograrlos" en la lucha contra la delincuencia.

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