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Un juez exige a Renfe que contrate a 3.435 personas para mantener la plantilla de 1988

El Juzgado de lo Social número 4 de Madrid exige a Renfe que cubra "con nuevos ingresos los 3.435 puestos de trabajo vacantes" para igualar la plantilla de la compañía a la de septiembre de 1988, cuando contaba con un total de 53.298 trabajadores. La demanda fue instada por la federación de transportes de CC OO.

La sentencia especifica que 2.300 de los nuevos ingresos deben ser de "categorías relacionadas con la explotación ferroviaria".El conflicto entre la dirección de Renfe y el sindicato ferroviario de CC OO (que pertenece a la federación de transportes de CC OO) comenzó en julio de 1988 cuando se aprobó un acuerdo para la armonización de las relaciones laborales para una plantilla que en septiembre de ese año ascendía a 53.298 trabajadores. En septiembre de, 1989 se aprobó el convenio colectivo de Renfe y la compañía presentó unos meses más tarde una plantilla de 49.863 puestos. Y había una diferencia de 3.435 empleos entre las dos estimaciones.

Para decidir cuál de las dos cifras es la correcta se suscitó un litigio sobre si el volumen de la plantilla del acuerdo de julio de 1988 permanecía vigente o si ya había caducado.

En los fundamentos jurídicos de la sentencia se aclara que el convenio colectivo aprobado en 1989 no deroga "expresamente tal acuerdo" sino "todo lo que esté en contradicción con él, pero no lo que esté sin tal oposición". La sentencia vuelve a reiterar que el acuerdo del 88 "sigue vigente" y es "complementario" del convenio.

El acuerdo de julio de 1988 dice que "el proceso de ajuste cuantitativo de los recursos humanos a los objetivos actuales ha terminado. Renfe se compromete a que ningún trabajador quedará sin puesto de trabajo". Dos meses después, en septiembre de 1988, la plantilla de Renfe era de 53.298. En los fundamentos se dice que "el convenio colectivo [de septiembre de 1989], no contiene norma alguna en el que se varíe el número de recursos humanos de al empresa, ni sobre posible varación del mismo".

Y también explica que en el artículo 19 del convenio se dice que "Ia empresa se compromete a efectuar, antes del 31-12-89, el número de ingresos de persona suficiente para que se puedan disfrutar los descansos grafiados, y disminuir el número de horas extrordinarias". La sentencia explica que, "por tanto, puede variar, la plantilla pero es por aumento". Y aclara que, de producirse alguna reducción donde sobraran personas "se compensará con la ampliación entre otros sectores de la empresa".

Con todo esto, la sentencia señala que "Ia plantilla, debe ser, igual o superior (nunca inferior) a la que existía en 1988, de 53.298 puestos de trabajo y, por ello, ha incumplido el Acuerdo [de 1988] Renfe; al presentar en diciembre de 1989 una plantilla de 49.863 para 1990, cuando en julio de 1988, era de 53.298". "Por tanto", añade, "puede variar la plantilla, pero es por aumento" y no "por disminución como pretende la empresa".

Cabe recurso de suplicación

La dirección de la compañía que dirige Mercé Sala puede recurrir esta sentencia ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia. Finalmente en el fallo se resume que el "contenido normativo" del acuerdo de julio de 1988 "está en la actualidad vigente"; que "deben cubrirse con nuevos ingresos los 3.435 puestos de trabajo vacantes, de los que 2.300 corresponden a categorías directamente relacionadas con la explotación ferroviaria"; y que "Ia plantilla entregada en septiembre de 1988 es el marco donde encuadrar la movilidad funcional de la empresa en 1990".

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