La ley de seguridad permite a la policia llevar a comisaría a los no identificados
El ministro del Interior, José Luis Corcuera, presentó ayer el proyecto de Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en el que se habilita a los policías para que insten a los ciudadanos indocumentados a que les acompañen a dependencias policiales "por el tiempo imprescindible" para su identificación y sin asistencia letrada. Corcuera invocó el "duro régimen disciplinario policial" como medio contra la aplicación abusiva de la futura ley.
El inicial anteproyecto de ley -duramente contestado desde sectores jurídicos, entre ellos, el Consejo General del Poder Judicial- hablaba claramente de "detención" por seis horas, que después se redujeron a cuatro, con posibilidad de renuncia a la asistencia letrada. El definitivo proyecto de ley remitido a las Cortes opta por estimar que la permanencia en dependencias policiales para identificación no es una detención, ya que se pretende equiparar a las pruebas de alcoholemia que se realizan a los conductores que admiten someterse a ellas.El artículo 20 del proyecto de ley dice que los agentes protectores de la seguridad "podrán instar a quienes no pudieren ser identificados por otro medio a ser acompañados a dependencias próximas y que cuenten con medios adecuados para realizar las diligencias de identificación, a estos solos efectos y por el tiempo imprescindible". En el mismo artículo se prevé que "en los casos de resistencia o negativa infundada a identificarse o a realizar voluntariamente las comprobaciones o prácticas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal y en la ley de Enjuiciamiento Criminal".
Sospechosos
La explicación facilitada ayer por Corcuera fue que en los casos de resistencia o negativa infundada a identificarse, "los sospechosos podrán ser detenidos". Corcuera estimó que el fundamento es la providencia del Tribunal Constitucional de 28 de enero último según la cual, aunque la inmovilización del ciudadano comporta molestias, supone "un sometimiento no ilegítimo a las normas de policía".En cuanto a otro punto conflictivo de la futura ley, el artículo 21 (veáse EL PAÍS del martes último) se remite a la Constitución y a las leyes y legitima la entrada policial en domicilios privados sin autorización judicial por delito flagrante si existe "el conocimiento por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad de que se está cometiendo alguno de los delitos que, en materia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, castiga el Código Penal". Preguntado si tal entrada puede estar conectada con el delito provocado (cuando un agente simula desear comprar droga) declarado impune por el Tribunal Supremo, Corcuera se remitió al proyecto de ley.
Las diversas objeciones planteadas por los informadores sobre si es la policía la que decide cuando se dan los supuestos para prescindir de la orden judicial o sobre los riesgos de que los funcionarios se extralimiten al instar al ciudadano a que les acompañe fueron contestadas repetidamente por Corcuera con una apelación al "duro régimen disciplinario policial".
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