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La Comisión Europea de Derechos Humanos declara inadmisible la demanda de Ruiz-Mateos

La Comisión Europea de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, decidió el pasado 19 de abril no admitir la demanda presentada por el empresario José María Ruiz-Mateos contra el artículo 5 de la Ley de Expropiacíón de Rumasa, que dispone que "las participaciones expropiadas no estarán sujetas al derecho de reversión", según un informe del Ministerio de Economía y Hacienda.Ruiz-Mateos se quejaba ante Estrasburgo de que la imposibilidad de revertir las participaciones del expropiado grupo Rumasa violaba el convenio europeo de derechos humanos porque le impedía el acceso a los tribunales y era una medida discriminatoria respecto a otras expropiaciones.

Por unanimidad, la Comisión ha decidido que el referido artículo cinco no viola el derecho a acceder a los tribunales ni puede ser considerado como discriminatorio, y concluyó que la demanda presentada por el empresario jerezano es inadmisible. La Comisión confirma así que la Ley de Expropiación de Rumasa no viola el convenio europeo de derechos humanos y "queda entonces zanjada favorablemente para España la cuestión".

Los abogados de Ruiz-Mateos, en una nota difundida ayer, discrepan sobre que el asunto de Rumasa haya quedado resuelto en los tribunales europeos. Según afirman, queda aún pendiente una segunda demanda por indefensión que en su día fue admitida a trámite por1a Comisión de Derechos Humanos y, por lo tanto, "supone una falta a la verdad" decir que "el caso de Rumasa ha quedado zanjado favorablemente para España".

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