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Tribuna:EL OMBUDSMAN
Tribuna
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Los presuntos

Las quejas de personas que se sienten injustamente tratadas, cuando no acusadas o difamadas, en casos relacionados con la justicia, aterrizan periódicamente en la mesa del Ombudsman. Son personas que buscan una reparación moral. Son los presuntos. En este país se ha instalado en el lenguaje periodístico la costumbre de denominar presunto -homicida, estafador, defraudador, etcétera- a cualquier persona detenida o acusada del delito presumido. A veces, ni siquiera son acusados. Su nombre aparece mencionado en un sumario, en unas diligencias. Ni el fiscal ha formulado acusación, ni el juez ha dictado auto, ni existe acusación particular y los presuntos llevan ya colgando el sambenito. Pero a veces, incluso, ni siquiera su nombre aparece mencionado en un sumario o en unas diligencias, sino que la presunción se cuelga de una nota informativa de la policía o de fuentes anónimas. En este último caso, con el agravante de desconocer quién lanza la acusación. La presunción, como toda expresión que se adelanta a los hechos, alcanza su forma más estúpida y execrable cuan, do llega a su grado máximo: el presunto culpable.La presunción de inocencia, a la que todo ciudadano tiene un derecho inalienable, no existe en ese lenguaje acuñado. Los protagonistas habituales de la información de sucesos, de la crónica negra o roja, lo saben bien. Pero, hasta hace unos años, los habituales de estas secciones de los medios de comunicación, salvo excepciones, eran población marginal, con poca capacidad para hacerse escuchar.

La judicialización de la vida pública española está cambiando las cosas. Los escándalos, reales o ficticios, las acusaciones, las tramas, los casos judiciales, alcanzan a todas las actividades de la vida pública y privada. Los medios de comunicación están llenos de presuntos o implicados en los casos más dispares. Son tanto personas destacadas como desconocidas, de la política, la economía, la cultura o el deporte. Así, al amparo de la notoriedad de las personas, se da publicidad a querellas, algunas de las cuales no son siquiera admitidas a trámite por el juez. La acusación publicada, sin embargo, permanece. La notoriedad de las personas o el interés social de la causa ampara, en la práctica, el derecho de los periodistas a facilitar información que se encuentra bajo secreto sumarial.

El Ombudsman no considera que en España sea posible aplicar el acuerdo que las empresas periodísticas y los periodistas mantienen en Suecia de no facilitar ni el nombre ni la imagen de las personas acusadas o procesadas para proteger la presunción de inocencia. En un caso tan grave como la investigación sobre el asesinato del primer ministro Olof Palme, y en el juicio contra un ciudadano que fue acusado del asesinato y absuelto, la prensa y los medios de comunicación de Suecia no facilitaron ni su nombre ni su imagen, pese a que toda la prensa europea, que se vendía en los mismos quioscos, lo hiciera. El acuerdo, que no obligación, alcanza a no publicar la identidad de los ciudadanos suecos condenados a penas leves, para facilitar su reintegración social.

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Entre el modelo sueco, con sus ventajas y sus limitaciones, y el modelo español caben algunos matices. Puede que se trate de un problema de conocimientos técnicos y del buen o mal empleo del lenguaje preciso; o tal vez sea una falta de escrúpulos que permite vender escándalos a cualquier precio.

Los fallos de la justicia son un buen material informativo para los periodistas. El drama que atraviesa todo hombre o mujer injustamente condenado conmueve a los ciudadanos que valoran su libertad. La capacidad del lenguaje para crear realidad obliga a los periodistas a respetar la libertad de las personas y no presuponer la culpabilidad de nadie. El Libro de estilo de EL PAÍS no contempla en ningún apartado, ni siquiera en el de errores más corrientes, el asunto de los presuntos delincuentes. Esperemos que lo haga en las próximas ediciones a fin de reducir más si cabe los daños colaterales de la información. Aquí también se alcanza a personas inocentes.

Infarto en vuelo

El pasado 15 de marzo, en la sección de Madrid, este diario publicaba una noticia bajo el siguiente titular: La falta de medios en un avión impide atender un infarto en vuelo. La información fue facilitada por un pasajero del avión que llamó por teléfono al diario a última hora de la tarde. En la noticia, entre otras cosas, se decía que el enfermo no pudo ser atendido por falta de medios sanitarios, que "ninguna de las cuatro bombonas de oxígeno del avión funcionaba correctamente" y que una azafata había señalado que no había jeringuillas en el botiquín. El redactor que tomó la información intentó contrastar la versión del pasajero con un empleado de la compañía aérea, el cual dijo desconocer el incidente.

La compañía aérea Aviaco, en una nota enviada al diario, niega la exactitud de la información, señala que el pasajero fue atendido por dos doctores que viajaban en el mismo vuelo y que, en contra de lo que se afirma en la información, le fue aplicado oxígeno; que el avión disponía de un botiquín abastecido de acuerdo con las especificaciones internacionales y que al paciente le fue inyectado un medicamento para enfermedades cardiacas, por lo que la inexistencia de jeringuillas es "absolutamente infundada".

El Libro de estilo de EL PAÍS, en una de sus normas más conocidas, exige que el periodista transmita a los lectores noticias comprobadas. La colaboración de los lectores siempre es bien venida, pero el trabajo de los periodistas consiste en confirmar los datos que se facilitan, salvando los obstáculos que a veces se interponen, para dar la información más veraz y completa posible, y, en caso de conflicto, conocer la versión de todas las partes.

El teléfono directo del Ombudsman es el 754 45 53 de Madrid.

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