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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La hora de religión

EL LUGAR asignado a la enseñanza religiosa en la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE) -en una disposición adicional, y no en su articulado básico- ha producido el descontento del episcopado español y de las fuerzas políticas y sociales más afines a sus posiciones. Ahora, este descontento vuelve a apuntar cuando se trata de instrumentalizar la integración de esta enseñanza en los nuevos niveles educativos configurados por la LOGSE y amenaza con desencadenar la batalla de la hora de la religión, utilizándose como arma los acuerdos sobre enseñanza firmados por el Estado y la Santa Sede el 3 de enero de 1979.Parece indiscutible que el marco básico de la negociación debe ser la Constitución y, fundamentalmente, su inequívoca referencia a que "ninguna confesión tendrá carácter estatal", si no se quieren considerar los acuerdos de 1979 como un texto cerrado en sí mismo -a la usanza de los antiguos concordatos- resistente a la fluidez social y religiosa de nuestro tiempo. El Ministerio de Educación propone lógicamente que la asignatura de religión católica, optativa, no sea evaluable a efectos académicos y ofrece la alternativa de una hora de estudio asistido a quienes no se matriculen en ella. El episcopado, inicialmente, defiende una asignatura de religión optativa, de acuerdo con la confesionalidad del alumno, pero formando parte del bloque curricular académico en igualdad de condiciones con el resto de las materías académicas.

En el debate, a menudo se mezclan dos conceptos que inducen a la confusión. Una cosa es la religión como patrimonio cultural, sin cuyo conocimiento es difícilmente comprensible la historia, y otra bien distinta es la catequesis, donde se transmite una convicción personal, una fe. Sin embargo, lo que ahora se discute es la inclusión de la religión católica como creencia personal en el horario lectivo, como asignatura a todos los efectos, cuyo profesorado es seleccionado por la jerarquía eclesiástica, y no por las autoridades académicas, y pagado con fondos públicos.

Si se toma la religión católica en sentido estricto -es decir, como catequesis-, la propuesta ministerial sobre su enseñanza es plenamente coherente con el principio de aconfesionalidad del Estado, y garantiza al mismo tiempo el derecho que asiste a los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (artículo 27.3 de la Constitución). De un lado, reserva un horario lectivo a la formación religiosa católica, impartida según los contenidos y por los profesores señalados por la jerarquía eclesiástica, y de otro, suprime cualquier factor inductorio para matricularse en este tipo de enseñanza que no sea la confesionalidad del alumno (no cabe el regalo de la nota y tampoco un suspenso puede bloquear el acceso a la Universidad).

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Las responsabilidades del Estado laico, sin embargo, no se agotan poniendo gratuitamente a disposición de las confesiones -en este caso, la Iglesia católica- la infraestructura pública docente para la enseñanza de su credo. En cuanto fenómeno social relevante, la religión y los valores que implica merecen figurar de la forma más solvente y objetiva en las asignaturas académicas competentes (desde historia hasta filosofía).

Como ocurre en la inmensa mayoría de los Estados democráticos laicos de nuestro entorno, no hay razón para excluir del horario escolar ni el conocimiento de la religión como fenómeno social y cultural ni la formación religiosa confesional. Pero sólo esta última, en tanto que actividad libre de una confesión religiosa, debe integrar la hora de religión propiamente dicha. Atribuir una dimensión académica a esta enseñanza sería una forma de confesionalismo vergonzante.

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