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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La jubilación anticipada

La disposición transitoria novena de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), para los funcionanos de la docencia de niveles no universitarios, establece la jubilación anticipada de los funcionarios, y con carácter voluntario, siempre que cumplan los requisitos que la propia ley determina. Y, una vez más, la Administración sigue conculcando de forma descarada los derechos de un colectivo de funcionarios. Se decía en el Real Decreto 1.074/1978, de 19 de mayo (BOE del 24): "Los maestros de taller de institutos técnicos de enseñanza media continuarán prestando sus servicios en los institutos de bachillerato (enseñanzas y actividades técnico-profesionales) o en centros de formación profesional, con reserva de los derechos a ser integrados en su día en otros cuerpos docentes, siempre que reúnan las condiciones exigidas para ello".Pues bien, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto (BOE del 3), de Reforma de la Función Pública, por la que se creaban cuerpos y escalas, a los maestros de taller de institutos técnicos de enseñanza media se les integró en la escala, en clara discriminación con otros cuerpos con la misma titulación de base. Es decir, que se producía una clara descriminación contraria al espíritu y letra de] artículo 14 de la Constitución, basada en el hecho de que a un mismo funcionario, en razón simplemente de pertenecer a un cuerpo distinto, se le daba tratamiento distinto.

Para la LOGSE, en su disposición adicional 10ª-7, continuamos en situación de "a extinguir" y nos son de aplicación normas anteriores a la citada LOGSE; ante tantas frustraciones y unas expectativas profesionales nada halagüeñas, lo mejor era "irnos a casa". Pero es que la tan cacareada LOGSE nos priva del derecho a optar a la jubilación anticipada por no reunir los requisitos, al no estar integrados en ninguno de los cuerpos especificados en las disposiciones l0a y l4a.

Somos -cierto- un pequeño colectivo docente, pero con los mismos derechos que cualesquiera otros españoles, y esperamos que, en nombre de la justicia y de la equidad socialista, de una vez por todas se nos respeten nuestros derechos y consustanciales intereses.- Presidente de la Asociación Nacional de Maestros de Taller de Antiguos Institutos Técnicos de Enseñanza Media.

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