Hacienda considera "positiva" la condena a Lola Flores por delito fiscal
El Ministerio de Economía y Hacienda ha evaluado la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso Lola Flores como "decididamente positiva" para "una aplicación del sistema tributario que preserve la igualdad de los contribuyentes". El ahogado de Lola Flores, José María Stampa Braun, manifestó que la artista está "tan satisfecha por lo menos como Hacienda" por lo que no presentará ningún recurso.
La valoración de Hacienda, cuatro días después de conocerse la sentencia del Supremo, destaca que el pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el IRPF "no creó ningún vacío normativo que hiciese imposible determinar las cuotas defraudadas en los ejercicios devengados y no prescritos".La sentencia del Supremo condenó a Lola Flores como autora de cuatro delitos fiscales por no haber presentado las declaraciones de renta entre los años 1982 y 1985, pero al no poder determinar la cuota defraudada, la condenó al "mínimo posible", por dos delitos Fiscales de 2.000.001 pesetas y otros dos de 5.000.001 pesetas y a indemnizar al Estado en la misma cuantía. El total de la condena ascendió a 28 millones, cuando la cuantía de lo defraudado era de más de 47 millones y las multas que hubiera podido imponer Hacienda habrían sido del duplo o el triplo de esa cantidad.
Hacienda interpreta la sentencia del Supremo en el sentido de que el tribunal que absolvió a Lola Flores "debió y pudo calcular la cuota defraudada" por la artista, cuestión que dejó en blanco al considerar que el "vacío normativo" provocado por la sentencia del Constitucional le impedía realizar la liquidación definitiva. El Supremo, sin embargo, entendió que la cantidad defraudada pudo concretarse "sin mayores dificultades" por los magistrados que absolvieron a Lola Flores, pero tampoco la calculó porque en la sentencia absolutoria constaban los ingresos de la artista, pero no sus gastos deducibles.
Para Hacienda, "queda definitivamente clarificado" que los fraudes tributarlos cometidos antes de la sentencia del Constitucional "pueden y debe ser objeto de las correspondientes sanciones previstas en las leyes". Hacienda deduce también que los tribunales penales "pueden y deben constatar las cuotas defraudadas cuando así se les requiera".
El abogado de Lola Flores, José María Stampa Braun, se mostró "complacido" de que el ministerio "quede satisfecho", aunque expresó sus dudas de que "se hayan leído la sentencia en profundidad", según dijo.
"Lo que está muy claro" prosiguió, "es que la sanción económica supone para Hacienda una evidente disminución de lo que podía haber percibido en vía administrativa, suponiendo que la Constitución no afecte también a ese ámbito". Según Stampa, lo que hace el Supremo es poner de manifiesto "un sistema sancionador en materia tributaria que debe regirse por los mismos principios del Derecho Penal".
"Todos contentos a medias"
Para el abogado, la inconstitucionalidad del IRPF "tiene plena vigencia siempre que el sistema de declaración conjunta resulte perjudicial para el contribuyente". "En este caso concreto, la Sala, por medio de sólo dos de sus magistrados, ha entendido que no se causaba perjuicio a la procesada y ha aplicado los preceptos residuales no declarados inconstitucionales, pero aclarando que éstos no serían de aplicación en otro caso". "En definitiva, todos contentos a medias como suele ocurrir con el resultado de las elecciones", ironizó.
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