Sustituidos los términos mujer y esposa por cónyuge en el Código Civil
EFE Los términos mujer y esposa han sido sustituidos en el Código Civil por el de cónyuge con el fin de eliminar las discriminaciones que, por razón de sexo, aún perduran en la Legislación Civil y para perfeccionar el principio constitucional de igualdad.
Entre las reformas más importantes desaparece, en caso de separación, el privilegio de la madre para cuidar a los hijos menores de edad, y será el juez el que tome la decisión si no hay acuerdo entre los cónyuges; el cónyuge separado obligado a pagar una pensión de alimentos de sus hijos tendrá que hacerlo también para hijos mayores de edad, que no trabajen y no, como hasta ahora, que sólo lo hacía con los menores de edad.
Según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado, todas estas reformas se establecen en la Ley 11/ 1190, de 15 de octubre, sobre reforma del Código Civil en aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo.
Otra reforma del Código prevé que el artículo 159, a partir de ahora, establezca que "si los padres viven separados y no decidieren de común acuerdo, el juez decidirá, siempre en beneficio de los hijos, al cuidado de qué progenitor quedarán los hijos menores de edad". También se sustituye el término honra por el de honor.
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