Una interpretación formalista y excluyente
El presidente del Senado denegó ayer la condición parlamentaria a tres senadores de HB que emplearon la misma fórmula de acatamiento a la Constitución utilizada por sus compañeros del Congreso de los Diputados y que mereció del Tribunal Constitucional un fallo en el que se declaró que, mediante ella, y frente al criterio del presidente de aquella cámara, el también socialista Félix Pons, "han adquirido la condición plena de diputados". Para el alto tribunal, el respeto a los elegidos y a los electores impide un "formalismo rígido" y "una interpretación de la Constitución excluyente".No basta, pues, con que el reglamento del Senado incluya una formula más rígida que la del Congreso. Si en el caso de éste, lo que el Tribunal Constitucional invalidó fue la rigidez establecida por el presidente de la cámara, la aplicación de la misma doctrina conducirá al mismo órgano a invalidar la rigidez del precepto reglamentario. Una sentencia adversa muy fácil de evitar.
El Constitucional, por unanimidad de sus 12 miembros, admitió la legitimidad de exigir el acatamiento de la Constitución para alcanzar la condición de parlamentario. Pero coincidió con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos -instancia a la que los senadores de HB recurrirían si el sistema jurídico español no les ampara- en que "los requisitos que señalen las leyes para el acceso a los escaños parlamentarios no deben contrariar la libre expresión de la opinión del pueblo".
El Constitucional recordó que el mandato de cada parlamentario "es producto de la voluntad de quienes los eligieron", y que resulta lícito contraer ante ellos "el compromiso de afirmar públicamente que sólo por imperativo legal acatan la Constitución". La conclusión del alto tribunal es que "la fidelidad a este compromiso político (. ...) no puede ser desconocida ni obstaculizada".
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