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El descenso de las retenciones del IRPF liberará 30.000 millones de pesetas

Los españoles dispondrán de cerca de 30.000 millones de pesetas como efecto del descenso, en un 5%, de las retenciones de los rendimientos del trabajo que entrará en vigor el próximo sábado. La revisión a la baja de estas retenciones, que fue aprobada en un real decreto por el Gobierno en el último Consejo de Ministros de julio, antes de las vacaciones estivales, se aplicará a las nóminas de septiembre y supondrá, según estimaciones oficiales, una reducción de ingresos para el Estado de cerca de 30.000 millones de pesetas.

Los responsables económicos se habían comprometido a deflactar en un 5% la tabla de retenciones que se aplicarán a, los rendimientos del trabajo a partir del segundo trimestre del año, una vez que se aprobaran los Presupuestos Generales del Estado para 1990.La Ley de Presupuestos de este año se aprobó el 28 de junio pasado, pero el decreto sobre retenciones no logró el visto bueno del Gobierno hasta un mes más tarde, una vez que el Consejo de Estado remitió su dictamen favorable al mismo.

Última revisión

La tabla de retenciones, que no se había modificado desde 1988, fecha de su última revisión, se deflactará en el mismo porcentaje, un 5%, en que fue revisada a la baja la tarifa del IRPF en el decreto de prórroga presupuestaria de diciembre pasado.

Este porcentaje fue acordado por las autoridades económicas para contrarrestar el efecto del aumento de la inflación, que en 1989 alcanzó una tasa anual del 6,9%.

El decreto de ajuste sobre retenciones, que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre, introduce no sólo modificaciones a la baja, sino también una elevación de los porcentajes de retención para las retribuciones más altas, a partir de 15.750.000 pesetas anuales.De acuerdo con el texto aprobado, las retenciones para los profesionales aumentarán de] 10% al 15 %, mientras, que las retribuciones de los miembros de consejos de administración o de juntas quedarán gravados a un tipo fijo del 30%, superior en cinco puntos al hasta ahora vigente.

La norma introduce además, entre otras novedades, la aplicación de una retención cero para remuneraciones que no superen las 882.000 pesetas y gradua el porcentaje de reducción en función no sólo del número de hijos, sino también de otros descendientes a cargo del trabajador.

Los tipos establecidos en este Real Decreto serán los mínimos que deben aplicarse a las correspondientes retribuciones, por lo que aquellos trabajadores que lo deseen podrán pedir a sus empresas que les aumenten la retención para evitar que la declaración del IRPF les resulte más gravosa.

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