Condenado a seis años de inhabilitación el alcalde de Cangas de Morrazo
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado al ex alcalde de Cangas de Morrazo, el socialista Lois Pena, a seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, por haber contratado irregularmente como empleados municipales a su compañera sentimental y a un primo suyo. La sentencia establece que la actitud de Pena no puede tipificarse exactamente como un delito de prevaricación, pero sí de nombramiento ilegal, ya que éste se realizó sin cumplir los requisitos necesarios.Emilia González , actual compañera de Lois Pena y diplomada en Ciencias Empresariales, fue contratada en 1988 como directora de la Casa de Oficios de Cangas de Morrazo, pese a que el Instituto Nacional de Empleo había recomendado al Ayuntamiento que este cargo debería recaer en un ingeniero o un arquitecto superior o medio. La designación se realizó además sin que mediase ningún concurso ni convocatoria pública.
Según publicó ayer el diario Faro de Vigo, la sentencia establece que Emilia González "se encuentra unida al acusado por relaciones de afectividad que fueron públicamente conocidas poco después del nombramiento". El fallo, emitido por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, reconoce que la actuación de Lois Pena no se ajusta exactamente a la figura penal de la prevaricación (dictar a sabiendas una re solución injusta), pero sí a la de nombramiento ilegal "en cuanto se trata de proponer para cargo público a persona en quien no concurren los requisitos legales".
La condena también se refiere a la contratación de un primo de Pena como capataz municipal de obras. Según la sentencia, cuando el Ayuntamiento decidió emplear a Pérez Pena, existía ya otra persona en la plantilla que desempeñaba ese mismo cargo.
Pena dimitió como alcalde el pasado mes de abril con la totalidad de los concejales del PSOE, tras un violento conflicto municipal iniciado por el fuerte incremento de la contribución urbana. Las protestas de los vecinos impidieron a Pena acceder a la casa consistorial durante 10 meses.
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