El Supremo consolida la sustitución de la cárcel por el tratamiento terapéutico de los drogadictos
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha consolidado su reciente doctrina en favor de generalizar la sustitución de las penas de cárcel por el tratamiento terapéutico para los condenados afectados por toxicomanías. La sala invoca los principios constitucionales de "proporcionalidad, racionalidad, individualización y resocialización" de la pena e insta a los tribunales a sustituir la cárcel por el tratamiento durante el tiempo de la condena de aquellos delincuentes cuya condición de drogadictos trastorna su personalidad.
El alcance de esta doctrina es que el número de los afectados por el tratamiento se amplíe considerablemente hasta afectar, según estima el fiscal y penalista José María Paz, "al 80% de las causas penales, con lo que se evitará el ingreso en la cárcel de numerosos delincuentes con síndrome de abstinencia o con otros cuadros clínicos como consecuencia de la drogadicción, a los que se podrá someter a un tratamiento individualizado".Lo que el Supremo hace posible ahora es extender, por vía de la atenuante analógica, las medidas de internamiento previstas en el Código Penal, tras su reforma parcial de 1983, para los casos, poco frecuentes, de atenuación de la pena por trastorno mental o grave alteración de la conciencia de la reafidad. Con el aval de consideraciones de carácter técnico-jurídico, el Supremo defiende que "las medidas alternativas a la pena son aconsejables en los casos de enfermedades mentales o toxicomanías que producen serios trastornos de la personalidad, con alteración o modificación de las facultades intelectivas o volitivas".
Generalizar la rehabilitación
La sentencia del Supremo hecha pública ahora, y de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, razona que "las interpretaciones restrictivas" opuestas a generalizar las medidas terapéuticas, impedirían la aplicación de los beneficiosos efectos del tratamiento rehabilitador sustitutivo de la pena, en numerosos casos "en que sería aconsejable". Por el contrario, el Supremo abre la posibilidad de que en los casos, más frecuentes, de la atenuante analógica, los tribunales penales apliquen Ias medidas sustitutorias de internamiento y tratamiento adecuado, previstas para los supuestos de enajenación mental".El Supremo estima que la atenuante analógica a la enajenación mental "no encuentra ningún obstáculo legal que impida la aplicación de las medidas previstas para la eximente incompleta". Y razona que la equiparación que la mayoría de la doctrina realiza entre una y otra implica que en ambos casos se admita la sustitución de la privación de libertad por el tratamiento curativo.
"El bolso o te rajo"
El origen de esta sentencia fue el robo con intimidación cometido por C. P. B. el 27 de mayo de 1987, cuando apuntó a una mujer con un objeto de características desconocidas y, tras decirle "el bolso o te rajo", se apropió de su bolso y de los objetos que llevaba dentro, tasados en 7.000 pesetas. La Audiencia Provincial de Madrid condenó al procesado a cinco meses y 25 días de cárcel.El condenado no recurrió al Tribunal Supremo y sólo lo hizo el Ministerio Fiscal, que logró la elevación de la pena de privación de libertad a seis meses y un día, por haber aplicado la Audiencia incorrectamente la compensación entre la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante analógica. Sin embargo, el Supremo, ateniéndose a que la sentencia de instancia declaró probado que C. P. B., "en el momento de los hechos, padecía adicción a opiáceos por vía intravenosa y de notoria intensidad", analizó el alcance de la drogadicción.
Según fuentes jurídicas, la importancia de esta sentencia es que consolida la doctrina iniciada ppr otra anterior (veáse EL PAÍS del 22 de mayo último), en la que se sustituyó la pena de un año de cárcel por el tratamiento terapéutico durante el tiempo de la condena a un esquizofrénico influido por el alcohol y las anfetaminas. De aquella sentencia fue también ponente Martín Pallín, pero mientras los magistrados que formaron sala con él fueron entonces su presidente Enrique Ruiz Vadillo y Justo Carrero Ramos, ahora lo fueron José Hermenegildo Moyna Menguez y Siro Francisco García Pérez, circunstancia que, según tales fuentes, amplía el consenso judicial a la nueva doctrina.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
El sorteo del Niño reparte el día de Reyes 770 millones tras unas agitadas navidades con el Gordo en Villamanín
La Policía suiza identifica a otras 16 víctimas mortales del incendio en un bar de Crans-Montana
La borrasca ‘Francis’ pone en alerta a nueve comunidades: intensas lluvias en el sureste peninsular y nevadas en cotas bajas del norte
La caída de Maduro pone a prueba la relación de China con Venezuela
Lo más visto
- Así le hemos contado la última hora del ataque de Estados Unidos a Venezuela y la detención de Nicolás Maduro
- La Delta Force, la unidad de élite del ejército estadounidense que ha capturado a Maduro
- La lotería perdida y hallada de Villamanín
- Las imágenes de Nicolás Maduro detenido y los bombardeos de Estados Unidos en Venezuela
- El ataque de EE UU en Venezuela abre una nueva época de intervenciones en América Latina




























































