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La Audiencia se niega a cuestionar el delito de terrorismo ante el alto tribunal

La Audiencia Nacional no cuestionará ante el Tribunal Constitucional el delito especial de terrorismo, impugnado por el letrado de dos presuntos etarras, Íñigo Iruin, quien argumentó que la doctrina jurídica estima tal precepto contrario a los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad e igualdad ante la ley.La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido no plantear la cuestión de inconstitucionafidad aduciendo, entre otras razones, a la "coyuntura histórica" que condujo a la formulación de la legislación antiterrorista.

La sala fundamenta también su decisión en que el artículo 174 bis b del Código Penal -que castiga a los integrantes o colaboradores de bandas armadas por las acciones terroristas en las que participen con penas de 12 años de cárcel como mínimo "cualquiera que sea el resultado producido"- no vulnera, a juicio de los magistrados, los principios constitucionales invocados.

Asimismo, la Audiencia Nacional recuerda que el Tribunal Constitucional se pronunció sobre otros preceptos de la ley Antiterrorista, por no haber sido impugnado ante el alto tribunal el precepto citado por los parlamentos del País Vasco y Cataluña que recurrieron la ley.

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