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EL LIBRO BLANCO DE LA REFORMA DE LA RENTA Y EL PATRIMONIO

El impuesto sobre sociedades tendrá menos desgravaciones

La reforma fiscal en marcha también modificará los impuestos sobre sociedades, sobre sucesiones y donaciones, y sobre el valor añadido (IVA). La reforma del impuesto de sociedades pretende dar coherencia a la tributación de rendimientos empresariales que, a su vez, son rentas que deben declararse en el IRPF. Esa mayor coherencia y coordinación se traduce en el intento de evitar tanto la doble imposición como la elusión fiscal de personas físicas que crean sociedades con el único objetivo de escapar a la progresividad del IRPF.El ajuste entre el impuesto sobre sociedades, de tipo proporcional, y el de la renta, progresivo, incluirá una "drástica reducción de las deducciones y desgravaciones que operan en el impuesto". El libro blanco excluye de esta reducción a las deducciones por creación de empleo y por inversión, ya que son las "únicas con entidad económica relevante".

El impuesto sobre sucesiones y donaciones también deberá ser modificado. por el mismo objetivo de coordinación, en este caso con el nuevo impuesto sobre el patrimonio.

La tributación separada de todos los miembros de la familia en el impuesto sobre el patrimonio puede "estimular procesos ficticios de desagregación y dispersión patrimonial" entre los hijos, por la vía de las donaciones. Para evitarlo, el libro blanco propone elevar los tipos en el impuesto sobre donaciones y tratar como plusvalías de transmisiones lucrativas (en lugar de gratuitas) todas las que se generen por un posible cambio de titularidad.

La "coherencia" con el nuevo impuesto sobre el patrimonio exigirá asimismo la modificación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales, ya que la nueva tributación del patrimonio modificará sustancialmente los sistemas de valoración de los bienes.

El IVA también entrará a formar parte de la reforma fiscal. El libro blanco señala que, en la actualidad "ofrece un potencial recaudatorio importante, dados los bajos tipos aplicados respecto a los medios de la CE". Para 1993, añade, el tipo normal mínimo que debe aplicarse en España debe ser del 14%. Con todo, el paso desde la escala actual hasta la de 1993 deberá hacerse "de forma gradual".

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