Revocado el sobreseimiento del expediente de Matías Cortés
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto por el que estima el recurso presentado en su día por la Abogacía del Estado y el ministerio fiscal, contra el auto del Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid, dictado en el mes de diciembre de 1988, por el cual se había fijado el sobreseimiento provisional del expediente por presunto delito fiscal instruido al abogado Matías Cortés al considerar que su declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 1982 no reflejaba realmente los ingresos efectivamente obtenidos. El ministerio fiscal cifraba la defraudación en una cantidad superior a los 16 millones de pesetas.La Audiencia acordó estimar el recurso de apelación, revocar el auto del juzgado y, en consecuencia, devuelve las actuaciones a dicho juzgado para que continue su tramitación.
El argumento utilizado por la Audiencia madrileña es que el juez instructor "no dispone de competencias para sobreseer provisionalmente la causa por no estar acreditado el hecho, norma que se mantiene en la reforma y ello es así porque el legislador ha pretendido sustraer de la competencia de instructor una decisión que ha considerado propia del órgano encargado del enjuiciamiento".
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