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Un teniente de la Guardia Civil, condenado a un mes de arresto por agredir a un furtivo

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado al teniente de la Guardia Civil Miguel Salazar Calero a un mes y un día de arresto mayor y a la suspensión de cargo público por igual periodo de tiempo, como autor de un delito contra el ejercicio de los derechos de las personas. El condenado golpeó a un cazador furtivo que encontró en la finca Las Paredes, propiedad del presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Antonio Hernández Gil.Los hechos se remontan al 8 de enero de 1988. Miguel Salazar Calero, teniente-jefe del puesto de la Guardia Civil de Guadalupe (Cáceres), recibió órdenes de montar un sevicio especial de vigilancia en torno a la finca de Hernández Gil, situada el término municipal de Logrosán. Según el texto de la sentencia, " al día siguiente iba a tener lugar una montería a la que asistiría una alta autoridad de la nación".

Hacia las ocho de la tarde, el teniente, en compañia de un sargento y de dos guardias civiles, observó la luz de una linterna, y más tarde un vehículo al que persiguieron y que ocupaba Montes Guerra y Cándido Alonso García, a los que se les requisó la una escopeta, cartuchos y leña. Hernán Montes Guerra, conceptuado como furtivo, fue trasladado junto a su acompañante al cuartel de Logrosán donde se le interrogó sobre la procedencia de la escopeta, manifestando inicialmente que la había encontrado en el monte.

El teniente Salazar Calero, "no quedando satisfecho con tales respuestas", según el texto de la sentencia, "dio a Hernán Montes tres golpes, uno en la boca, otro en el pabellón auricular y otro en la zona inguinal". La sentencia añade que no se ha acreditado que el furtivo "menospreciara o insultara al acusado o a la Guardia Civil, con la que habitualmente mantenía malas relaciones".

La Audiencia Provincial de Cáceres considera los hechos constitutivos de un delito contra el ejercicio de los derechos de las personas, "al golpear en el curso de una investigación sobre la procedencia de una escopeta de caza, lo que presupone la voluntad del acusado [teniente de la Guardia Civil] de que el perjudicado cambie su manifestación".

El condenado deberá indemnizar al furtivo con 5.000 pesetas como responsable de un hecho civil. El denunciante, Hernán Montes, rectificó posteriormente sus afirmaciones sobre la procedencia de la escopeta, señalando que la había heredado.

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