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Un abogado, absuelto de indemnizar a la policía por "perjuicios morales"

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha absuelto a un abogado de Córdoba que fue condenado por injurias a clase determinada del Estado a una multa de 100.000 pesetas y a una indemnización de 400.000 pesetas por "perjuicios morales al Cuerpo Nacional de Policía", tras haber declarado a la prensa que "la policía no es buena investigadora y cualquier funcionario no le llega a la altura del zapato al más malo de los inspectores de Hacienda".Francisco Hinojosa Bolívar, abogado y persona de relevancia política y social en Córdoba, según la sentencia, fue detenido en junio de 1987 por un supuesto delito fiscal. Tras salir en libertad bajo fianza, el abogado convocó a los periodistas y afirmó que en comisaría "había recibido tratos impropios de un Estado de Derecho".

En sus declaraciones añadió que en comisaría, un policía de cuarenta años, "calvo y con gafas", le dijo que estaba "metido hasta la frente" y que se declarase culpable porque "si no lo hacía tendrían que detener a mi mujer". Francisco Hinojosa también afirmó que "los medios tan desorbitados de que dispone la Policía hace que abandonen el ingenio y avasallen", "o atosiguen", aclaró después. Según el Supremo, la comparación entre los policías y "el más malo" de los de funcionarios de Hacienda "no es un agravio comparativo, sino una simple valoración personal, y como tal, respetable". "Decir que se daba un trato 'impropio' de un Estado de Derecho, sin aclarar en que consistía el tratamiento, es decir nada o muy poco" añade la sentencia.

Intención subyacente

Tampoco considera el Supremo que "atosigar" sea un término injurioso, "porque en su versión lexicográfica es abrumar a una persona o mandarle varias cosas a la vez". Aunque la Sala no descarta que hubiera una "intención sub yacente de imputar una presión o coacción" que dejara entrever "un larvado propósito difamatorio", considera que tal hipótesis "debe ceder ante el derecho a la libertad de expresión".El tribunal indica también que las Injurias a clase deter minada del Estado" se refieren al Ejército, sus instituciones armas, clases o cuerpos". "La demás clases del Estado no quedan en su honor, dignidad crédito público penalmente de samparadas, pero por la vía de los preceptos que configuran e delito de injurias".

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