El Poder Judicial cree "estrictamente jurisdiccional" la actuación del juez
B. DE LA CUADRA José Luis Calvo, portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), declaró el jueves último a este periódico, en relación con la denuncia formulada por el Partido Popular (PP) contra el magistrado Luis Manglano, por las medidas adoptadas en el llamado caso Naseiro: "Aparentemente, la actuación del juez Manglano es estrictamente jurisdiccioonal". Calvo advirtió que desconocía la denuncia y que la iniciación o no de una actuación disciplinaria dependerá del contenido de la misma.
Funtes del CGPJ recordaron que la ley orgánica del Poder Judicial contiene un tipo generico de falta grave -que puede castigarse con reprensión o multa-. Consistente en la infracción de las prohibiciones o deberes establecidos en la presente ley". Las mismas fuentes recordaron que la misma ley establece que "en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, los jueces y nagistrados son independientes respecto a todos los órganos judiciales y de gobierno del poder judicial", así como que el CGPJ no podrá dictar instrucciones a los jueces "sobre la aplicación o interpretacion del ordenamiento jurídico que lleven a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional".
Nueva denuncia del PP
Con posterioridad a la inicial denuncia contra el juez Manglano (veáse EL PAÍS del jueves último), el secretario general del PP, Francisco Alvarez-Cascos dirigió un nuevo escrito al órgano de gobierno del poder Judicial en el que acusa al mismo magistrado de convocar conferencias de prensa mientras mantiene la incomunicación de los detenidos y señala "la cada vez más notoria actuación excepcional del juez". Álvarez-Cascos admite que "la ley de Enjuiciamiento Criminal permite genéricamente la adopción de medidas de incomunicación", pero pide una aplicación restrictiva y la estima injusta en este caso.
El PP denuncia otras supuestas irregularidades, entre ellas que al día siguiente de la detención de Rosendo Naseiro no constaba en la Jefatura Superior de Policía de Valencia que ésta persona se encontraba detenida; la prohibición de designar libremente abogado a los detenidos; que uno de los detcnidos e incomunicados siguió prestando declaración "pese a haber tenido que pasar las dos noches en un hospital, dado su estado", y que el juez está dañando gravemente los derechos al honor y a la imagen de miembros del PP.
Por su parte, Antonio Pedrol, presidente del Consejo General de la Abogacía, declaró el jueves último a Europa Press que los detenidos "tienen derecho a designar el abogado que estimen" y que "éste debe tener derecho a establecer contacto con ellos". Aseguró que había defendido igual posición en el caso de los presos de los Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre (GRAPO), afirmación negada por varios abogados de Madrid consultados el jueves.
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