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Condenado a 22 años de cárcel el descuartizador de la viuda de Malpás

La Audiencia Provincial de Lerida ha condenado a Ramón Toló a 22 años de reclusión mayor por el asesinato de Rosa Peiró, la joven viuda de la localidad de Malpás, una pequeña población cercana a El Pont de Suert (Lérida), parte de cuyo cadáver apareció descuartizado en un vertedero de basuras de la Pobla de Segur a finales de julio de 1988.

La sentencia considera probado que unos tres meses antes de cometer el crimen, Toló, de 34 años, arrendó unas fincas de Rosa Peiró por un millón de pesetas al año. Adquirió también la maquinaria que tenía ésta por otros tres millones y medio de pesetas. Hasta entonces, Toló había trabajado en una gasolinera y con esta operación pretendía mejorar su posición económica y social y, a la vez, aspiraba a casarse con la viuda.Tras ese arrendamiento se intensificó la relación personal entre ambos, lo que hizo que el procesado albergara esperanzas de matrimonio y enviara a Rosa Peiró cartas amorosas y flores a diario. Sin embargo, la mujer rechazó al pretendiente que, por ello, sufrió una depresión.

Coincidiendo con las vacaciones de Rosa, Toló se obsesionó con ideas fatales sobre su destino y pensó en matarla y después suicidarse si ella insistía en no acceder al matrimonio. El 25 de julio, tras comprar un cuchillo de cocina, un gancho de carnicería, unas tijeras, esparadrapo, cuerdas y varios pañuelos, fue a casa de la víctima, con la que discutió. Toló abandonó la casa para regresar hacia las tres de la tarde para ejecutar el plan previsto.

Acto libidinosos

Fue entonces cuando el procesado, aprovechando el momento en que Rosa se hallaba de espaldas, la cogió por el cuello con ambas manos y la arrojó al suelo, donde la presionó fuertemente hasta causarle la muerte. Tras asegurarse de que había fallecido, le cortó la falda y la ropa interior y efectuó actos libidinosos con el cadáver. Hizo también varias incisiones con el cuchillo en los glúteos y en el abdomen de la víctima. Después, cargó el cadáver, en el maletero de su coche y se dirigió a un huerto de su propiedad, a unos dos kilómetros de su domicilio, donde la descuartizó; luego dispersó los trozos en diferentes lugares para evitar el descubrimiento e identificación del cadáver. Las vísceras las arrojó al río Noguera Ribagorzana.La sentencia, de la que, ha sido ponente el magistrado Rodrigo Pita, considera acreditado médicamente que en el momento de los hechos Toló "padecía una enfermedad mental consistente en un trastorno de la personalidad de carácter crónico, que le alteraba la facultad de autocontrol de sus actos".

Esta enfermedad podría ser diagnosticada, en opinión del tribunal, "como psicosis reactiva breve, con plena imputabilidad, aunque en casos específicos tenía escaso control de sus actos e influía en su proceder anormal".

Por ello, el tribunal ha aplicado la atenuante de enfermedad mental y ha rebajado la petición de pena de 30 años de cárcel formulada por el fiscal. La sala estima que en la conducta del acusado concurren alevosía y premeditación e impone a Toló el pago de una inclemnización de 15 millones de pesetas al hijo de la víctima, de cinco años.

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