Rechazado el archivo de la causa contra Pilar Miró por malversación de caudales
La juez de Móstoles Paloma García de Ceca ha rechazado el archivo de la causa contra Pilar Miró por supuesta malversación de caudales públicos, al considerar que la ex directora general de Radiotelevisión Española (RTVE) no actuó por error al cargar al presupuesto del organismo sus gastos de vestuario.La magistrada considera que no puede apreciarse error, entendido como convicción de licitud de su actuación, porque esa convicción hubo de faltar al menos desde principios de 1988 y existen indicios de que faltó antes, cuando hubo comunicaciones entre Miró y la Intervención Delegada del ente público sobre la improcedencia de cargar al presupuesto de RTVE los gastos de vestuario.
El error, en caso de existir, no era invencible, según la juez, pues la directora general podía haber consultado a los órganos encargados de la fiscalización del gasto. Además precisa que, "el error alegado parece incompatible con la denominación y definición de los conceptos contables, gastos de vestuario".
La juez añade que resulta irrelevante que la Dirección General de Presupuestos dictase después de iniciado el proceso una norma expresa que prohibe los gastos protocolarios y representativos que supongan un aumento de retribución, pues es claro que las partidas presupuestarias deben destinarse sólo a los gastos específicos para los que estén previstos y no otros gastos expresamente prohibidos.
Respecto a los gastos por obsequios institucionales, la juez admite que no existen indicios de que los regalos hayan sido derivados a destinatarios ilegales, pero agrega que "se desconoce en absoluto quienes hayan sido los destinatarios", porque no se ha hecho constar. La juez García de Ceca agrega que deberá investigarse si en la normativa interna de RTVE se exige la identificación del destinatario del obsequio y si de esto resulta que se ha faltado a la explicación o justificación del gasto. La resolución especifica que se ha producido una omisión por no haber canalizado la adquisición y custodia de los obsequios a través de los Servicios de Régimen Interior y añade que habrá que valorar si estos gastos se sustraen a la posibilidad de control y fiscalización de su destino y si de ello pudieran derivarse consecuencias penales.
La juez ha admitido la prueba solicitada por el abogado Gonzalo Martínez Fresneda consistente en la aportación de las normas le uso de la tarjeta Visa por directivos de RTVE.
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