Los críticos ponen condiciones a Pedrol para incorporarse a la comisión democratizadora
Los cinco colectivos de abogados que agrupan a la mayor parte del denominado sector crítico del Colegio de Abogados de Madrid han comunicado al decano, Antonio Pedrol, que aceptan incorporarse a la comisión creada para democratizar las estructuras profesionales de la abogacía si se aceptan unos objetivos mínimos. Entre las condiciones figura la reforma profunda de las normas electorales, culminada con la renovación de la actual dirección colegial.
Entre las condiciones propuestas figura el derecho de los abogados a asociarse y sindicarse, la supresión de] derecho de voto de los abogados no ejercientes y la colegiación única para ejercer la profesión en todo el Estado. El Grupo de Abogados Jóvenes, la Asociación Crítica del Derecho, la Asociación de Mujeres Juristas, el Grupo de Abogados Laboralistas y la Asociación de Abogados Demócratas por Europa responden positivamente a la invitación de la junta de gobierno para que se integren en la comisión creada para abordar una reforma del Estatuto General de la Abogacía que haga posible una profunda democratización de las organizaciones colegiales.Objetivos mínimos
Sin embargo, junto a los objetivos mínirnos a alcanzar, exigen una composición paritarla de la comisión entre representantes de la junta de gobierno y las asociaciones firmantes, así como el plazo de final de este año para concluir los trabajos y la renovación de los actuales cargos colegiales con arreglo a las nuevas normas. Esta condición lleva implícita a medio plazo la eliminación de Pedrol y de su equipo de la dirección colegial. Fuentes jurídicas señalaron ayer a este periódico que la aceptación de esta exigencia sería compensada por parte del PSOE, al que se encuentran vinculados varios de los colectivos críticos, con la colocación institucional, de Pedrol, probablemente como vocal del nuevo Consejo General de] Poder Judicial que corresponde elegir al Parlamento en 1990.
Los cinco colectivos críticos exigen el reconocimiento del derecho de los abogados a constituir asociaciones y sindicatos profesionales al margen de las estructuras colegiales, así como a constituir dentro de los colegios agrupaciones autóriornas colegiales e intercolegiales. Proponen también la eliminación de las restricciones para participar en las juntas generales de los colegios y la ejecutoriedad de sus acuerdos, que sólo podrán ser suspendidos por decisión judicial".
Otros objetivos mínimos son la supresión de la figura del abogado no ejerciente, de modo que, aunque se regulen sus derechos pasivos, tales abogados no en activo carezcan de derechos políticos. Proponen también que los colegiados sean elegibles desde su incorporación al colegio, la corrección del sistema electoral mayoritario, para que queden representadas las minorías, y la elección democrática y directa de la asamblea de decanos.
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