La ley y los rumores
Con la nueva normativa legal en materia de estadística se ha pasado, según el autor, de una ley que regulaba sobre casi todo lo relacionado con esta materia a otra ley intencionadamente vaga, generalizadora e imprecisa, preocupada tan sólo de ordenar algunos de los principios básicos de la función estadística, y no todos.
La ley de la Función Estadística Pública ha sido, por fin, aprobada, y su promulgación tuvo lugar el día 11 del pasado mes de mayo, en que apareció publicada en el Boletín Oficial del Estado. Lo primero que llama la atención de este hecho es el tiempo que ha transcurrido hasta su publicación en el BOE (20 días), cuando normalmente este tipo de normas, por su rango, son publicadas, bien al día siguiente o, a lo sumo, dos o tres días después de su aceptación en la Cámara Baja.Desde que empezó a gestarse la ley de Estadística, como se la denomina corrientemente, por ahora hace tres años, ha habido de todo. Primero se orquestó una hábil campaña de desprestigio del Instituto Nacional de Estadística para justificar algo que era obvio, y que desde hacía años se venía reclamando: la necesidad de una ley de Estadística actualizada. Sobre esto, y en favor del INE, hay que decir que este organismo ha hecho más y mejor que la inmensa mayoría, con los escasos medios que disponía.
Ahora, que disfruta de muchos más medios, ¿qué ocurre con el INE? Nada, no ocurre absolutamente nada. Con una avalancha de medios humanos y materiales -desde una contratación masiva de personal hasta el cambio a unas oficinas modernas de todas las delegaciones, pasando por la deseada y, a veces, incontrolada informatización prácticamente se hacen las mismas estadísticas, sin que su calidad haya mejorado. Emparejado con este proceso, el INE ha sufrido en los últimos años el éxodo de un buen número de especialistas estadísticos -facultativos y técnicos- y la desmoralización de los que quedan.
También hubo una oposición frontal del personal del INE ante las primeras noticias de convertir al instituto en una sociedad estatal sometida a derecho privado. Este rechazo estaba basado, fundamentalmente, por un natural espíritu de conservación, ante una propuesta insuficientemente presentada, por no decir ante el imperativo deseo de imponerla sin información alguna. Realmente no se sabía si era conveniente, necesaria, buena o mala la propuesta; era como obligar a todo un colectivo de profesionales y trabajadores a dar un salto en el vacío sin decirles dónde ni cómo iban a caer.
Asimismo hubo plantes viscerales, veladas (y a veces no tan veladas) amenazas, destituciones y ceses, casi sumariales y sin la previa información del obligado expediente disciplinario. Circularon noticias y rumores de todo tipo, desde supuestas agresiones morales e insultos hasta ciertas apreciaciones de una mala gestión -incluido, sobre todo, el aspecto económico- de la millonaria operación de cambio de los locales de las delegaciones provinciales de estadística, pasando por la contratación -también millonaria- de un equipo de expertos que nadie alcanzó a comprender su misión.
Toda esta muestra, de un más variado y extenso anecdotario, no hubiera tenido lugar de haberse actuado con algo tan sencillo como escaso: el sentido común. El INE ha vivido, y sigue viviendo, un impasse anhelante por falta de la mínima información, necesaria para evitar esa rumorología, a veces espontánea y otras dirigida, que nada ayuda a una labor honesta y eficaz. Por cierto que, en una de las pocas ocasiones en que se comunicó a la opinión la situación del proyecto de ley, se distribuyó una publicación en cuya portada se leía: Borrador de anteproyecto de ley de Estadística, "Misterio" de Economía y Hacienda.
Después de tan larga y difícil gestación podría decirse eso de que "las montañas se pusieron a parir y parieron un ratón" por similitud con el, aparentemente, escaso contenido de la recién nacida ley de Estadística, que -sin valorar, como dice su preámbulo, su buena o mala técnica legislativa- parece que viene al mundo viciada por sus carencias y excesos y sin la suficiente fuerza impositiva, aunque tanto un aspecto como otro puedan tener explicación para los legisladores.
Imprecisión
Es cierto que la ley de estadística de 1945 había quedado obsoleta y que hasta ahora nadie había encarado con decisión la promulgación de una norma legal superior para actualizar algo tan actual como la función estadística; aunque intentos ha habido muchos, murieron todos en ello. Pero se ha pasado de una ley que regulaba sobre casi todo lo relacionado con la función estadística -descendiendo al detalle propio de otras normas de inferior rango- a otra ley intencionadamente vaga, generalizadora e imprecisa, preocupada tan sólo de ordenar algunos de los principios básicos de la función estadística y no todos; por ejemplo, algo tan importante como la protección de los datos.
En este movimiento pendular sin perspectiva estadística, se ha obviado algo que en los últimos años se ha mostrado necesario:. que la nueva norma tuviese rango de ley orgánica. En el preámbulo se justifican estos preceptos amparándose en la doctrina del Tribunal Constitucional, que, en todo caso, no habría considerado la singularidad estadística en su conjunto. A partir de ahora se prevén constantes colisiones con las respectivas leyes estadísticas de las comunidades autónomas, sobre todo con las de las llamadas comunidades históricas.
Lo más llamativo de la ley que se comenta es, sin duda, la transformación del Instituto Nacional de Estadística en un organismo autónomo que, posiblemente, sirva para flexibilizar su funcionamiento, facilitando su gestión. Pero por mucho que se cambie el régimen administrativo del organismo, por mucho que se formule previamente el plan estadístico nacional -quizá el aspecto más atractivo recogido en la nueva ley, sobre todo para los profesionales de la estadística- porque se proceda a una profunda transformación del Consejo Superior de Estadística, porque se cree un nuevo, órgano denominado Comité Internacional de Estadística -al que auguramos una lánguida y mortecina vida-, por mucho que se regule todo lo anterior, un sistema estadístico nacional eficaz seguirá siendo la asignatura pendiente si no se potencia algo aparentemente tan fácil pero de dificilísima plasmación práctica: la coordinación.
Éste ha sido el mal endémico, y sigue siendo en toda, o casi toda, la Administración pública en general y del sistema estadístico en particular. El Instituto Nacional de Estadística ha funcionado, mal que bien, por el voluntarismo de su componente humano, y ahora, en estos momentos, sigue funcionando por su propia inercia.
Si nos adentramos en el artículo de la nueva ley, sin duda la decepción se irá apoderando del paciente lector a medida que avanza en su lectura. Más bien parece que se trata de sostener el pomposo título de ley de la Función Estadística Pública sobre un articulado con escasa significación, como no sea la transformación del INE en organismo autónomo. Hay títulos, capítulos y, por supuesto, artículos que parecen dedicados a regular conceptos que, aisladamente, es como no regular nada.
A veces dictamina exhaustivamente sobre cuestiones marginales a la función estadística, como el Tíulo V, dedicado íntegramente a regular las infracciones y sanciones en siete extensos artículos, los mismos que dedica en el título II para regular al Instituto Nacional de Estadística, cuya relevancia en el sistema estadístico nacional es primordial, ya que en él se apoya todo el sistema. Existen unos servicios centrales y unos servicios periféricos del INE, cuyas delegaciones, que fueron creadas por él, no se mencionan. Otro tanto podría decirse de los cuerpos estadísticos especializados, asimismo constituidos por ley, a los que no se alude ni siquiera en su necesaria independencia. Sin embargo, al secreto estadístico, sin duda importante, se le dedican otros siete artículos del título 1.
Por cierto, ¿no será el INE el principal organismo encargado de la recogida de datos, según la regulación del título I? Se supone que será así, aunque en el artículo 26 -que se refiere a las funciones del INE- no se hace referencia alguna a una de las fases más importantes de la estadística, y a la cual está dedicado más del 50% del personal y de los medios materiales del instituto. Sin embargo, no se olvida la mención al consejo de dirección y al presidente, en cuanto a su nombramiento, y así ad infinitum.
Según el artículo 27 de esta ley, la organización interna del Instituto Nacional de Estadística y el régimen específico de sus servicios se determinará reglamentariamente.
Ya han pasado más de 2 meses desde su aprobación definitiva por el Congreso, y pronto de su publicación en el BOE y, ¿qué hay de esa organización interna del INE? Nada concreto salvo rumores, muchos rumores, sobre el nombramiento del posible presidente, sobre la creación detres divisiones con categoría de direcciones generales que serían una promotora, otra operativa y una tercera como secretaría general técnica, lo que en sí no es bueno ni malo, sino todo lo contrario. Todo será una consecuencia de la organización interna que se adopte y, sobre todo, cualquiera que sea su organización, de su coordinación.
Servicios periféricos
Pero hay más: ¿qué pasa con los servicios periféricos? Recuérdese que más del 50%. del potencial productivo del INE se encuentra repartido por las distintas provincias españolas, en unas delegaciones de estadística que funcionan cada día mejor, a las que últimamente se ha equipado, con gran coste, de nuevos locales, de avanzado sistema informático, e incluso incrementando considerablemente su personal.
Bueno, pues esta organización, que si no es perfecta parece lógica, se pretende trastocar, según la ultima versión facilitada en las alturas, y convertirla en un sistema híbrido consistente en una territorialización a base de crear en tomo a seis u ocho distritos territoriales, una estructura estadística que abarcaría todo el suelo hispano, con la única justificación de concentrar, evitando los 50 mini-INES que existen actualmente, según opinión partidista.
Ciertamente, si Dios y los que tienen capacidad de decisión no lo remedian, todo puede ocurrir. Cuando se ha realizado ese tremendo esfuerzo económico para equiparar a las delegaciones provinciales de estadística; cuando las provincias resultan potenciadas en la Constitución, hasta el punto de que el marco provincial sigue constituyendo la referencia casi obligada de cualquier actividad estatal, incluido el hecho autonómico; bueno, pues cuando existen tantas señas de identidad que avalan la cualidad de las provincias, éstas se ignoran estadísticamente -y por extensión las comunidades autónomas, cuya relevancia actual está implícitamente reconocida en la constante referencia de la ley de Estadística- haciendo un tutto revolutto que no tendría sentido.
La estructura actual de la periferia estadística, en delegaciones provinciales, parece tan lógica que no necesita más que una cierta autonomía, tutelada por los servicios centrales, sin grandes costes burocráticos, que es algo que se olvida cuando se piensa en ese sistema territorial revolucionario. Para ello se necesita -nada más y nada menos- unas grandes dosis de sentido común que encardine, coordinadamente, las unidades provinciales de un sistema integrado, movido y dirigido por una sola unidad central que tenga en cuenta la importantísima realidad autonómica. Esto último lleva a pensar que, en todo caso, sería necesario organizar el sistema estadístico nacional sobre la base de la división autonómica existente. Es decir, que sin olvidar la división administrativa provincial, se podrían crear unas delegaciones especiales, o territoriales, de estadística en las cabeceras de las comunidades autónomas, de la misma forma que existen las de Hacienda. Estas delegaciones especiales, con categoría suficiente para nivelar la categoría administrativa de sus respectivas autonomías, serían el nexo de enlace y coordinación entre las necesidades estadísticas a nivel estatal y autonómico. Con esto no se aumentaría grandemente la burocracia y se conseguina una operatividad concordante con las necesidades de una España real, encuadrada a su vez en la CE, que también reclama sus necesidades estadísticas, aunque de otro orden.
Ninguna situación es tan grave que no sea susceptible de empeorar, y a veces se aplican encarnizadamente en ello los mejores y más caros esfuerzos. Remedando a P. Valery, podría decirse que lo que ha sido creído por todos y en todas partes, no tiene forzosamente que ser falso.
es delegado provincial de Estadística en Cantabria.
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