Concesiones
El Boletín Oficial del Estado publicó el 17 de febrero de 1978 una orden del Ministerio del Interior por la que se adjudicaban 18 concesiones para la apertura de otros tantos casinos de juego, y cuya convocatoria se realizó el 2 de noviembre de 1977.
El criterio seguido por la Comisión Nacional del Juego fue, según el Real Decreto sobre normas para su instalación, de fecha 15 de junio de 1977, que se prohibía la instalación dentro del término municipal de ciudades que tuviesen más de 300.000 habitantes de derecho, dando preferencia a los que se fuesen a instalar en zonas de mayor densidad turística o en localidades fronterizas. En una primera convocatoria, que se declaró desierta, se iban a autorizar 10 casinos, y otros ocho más en la siguiente, unos meses después. A la segunda se presentaron un total de 81 peticiones.
Al presentarse más de una solicitud para algunas zonas, la comisión adoptó el criterio de "distribución equitativa en areas geográficas predispuestas para turismo de gran calidad y que contaran con infraestructuras adaptables".
Una vez asumidas por algunas comunidades autónomas las competencias sobre el juego, éstas, en algunos casos, han procedido a convocar concursos para la adjudicación de licencias para la instalación de casinos en su territorio, como en Andalucía y Canarias. La Junta andaluza limitó a ocho el número de casinos en la comunidad y aprobó la instalación de cinco nuevos centros de juego.
El Gobierno canario, por su parte, autorizó la apertura de dos nuevos centros en las islas, lo que permitió al Cabildo de Tenerife, propietario de la concesión gubernamental de 1978, abrir un segundo casino de titularidad pública.
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