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Un tribunal elude castigar como lesión el daño psíquico a una mujer sometida a abusos sexuales

Blanca Cia

La Audiencia de Barcelona no ha estimado como un delito de lesiones los daños psíquicos que sufrió F. M.. M, una mujer sometida a abusos sexuales por dos jovenes en diciembre pasado, agresión que se volvió a repetir en febrero cuando fue violada por otros tres individuos que, al parecer, pertenecen a la misma pandilla. Por los abusos, un delito de rapto y otro de robo con intimidación, los acusados Ramón Chicón Romero y Santo Domingo Medina Sicilia han sido condenados a 16 y 3 años de prisión, respectivamente.

La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Provincial ha rechazado la petición de la acusación particular, que solicitó una condena para los acusados por un delito de lesiones. La acusación sostuvo que el daño psíquico que ha supuesto la agresión sexual para F. M. M. debía ser entendido a efectos penales como lesiones. Frente a este criterio, la sentencia precisa que no existe delito de lesiones "por la posibles secuelas psíquicas que sufriera la víctima a consecuencia de la agresión, porque ello no constituye un delito independiente en nuestro derecho". El daño psíquico es, en opinión del tribunal, una secuela "y no resultado de una agresión propia y específica". Añade que tampoco se reúnen los requisitos de tener ánimo de lesionar, exigido por el Código Penal, y el tiempo de duración de las lesiones.El fallo considera probado que el 8 de diciembre F. M. M., funcionaria de los juzgados de Barcelona, fue abordada alrededor de las nueve de la noche en un semáforo de la localidad de Montcada i Reixac. Los dos procesados, junto con un tercero no identificado, subieron al vehículo que conducía la víctima y la obligaron a conducir hasta un descampado cercano, donde fue objeto de repetidos abusos sexuales por parte de los tres jóvenes, quienes también le arrebataron 40.000 pesetas en efectivo.

La condena se fundamenta en el "reconocimiento indubitado, claro, preciso y reiterado que la víctima ha hecho de los acusados, describiéndoles risicamentó con precisión en su primera personación en las dependencias policiales". Además, el tribunal estima que, por el contrario, los procesados no pudieron "justificar su alegato de que el día y hora de los hechos se encontraban en otro lugar".

Todavía está pendiente el sumario abierto por la segunda agresión sufrida por la misma mujer, que el 24 de febrero fue abordada de nuevo y violada por denunciar la primera agresión.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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