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El fraude afecta a un 80% de los contratos eventuales, según un estudio de CC OO

Un 80% de los contratos eventuales de fomento del empleo contienen anomalías, según un estudio que está realizando Comisiones Obreras a partir de datos recopilados por los controladores laborales. Esas irregularidades consisten en fraudes económicos o de ley, al ser utilizados para actividades distintas a las que figuran en los contratos.

Las irregularidades afectan tanto a los contratos con incentivos económicos como a los que no los tienen y las anomalías se están detectando en todas las modalidades de contratos creadas para el fomento del empleo, tal como figura en el informe queestá elaborando CC 00. En 1988, se firmaron un total de 1,9 millones de contratos eventuales.Así, la central ha tomado la iniciativa una vez que el Ministerio de Trabajo no ha incluido esos datos en la documentación solicitada por los sindicatos en la mesa del empleo. La gran mayoría de los contratos de obra y servicio, además, no precisan para qué obra o servicio se realizan.

La conclusión del sindicato es que la gran mayoría de los contratos eventuales se destinan a una utilidad diferente para la que fueron creados en la normativa de 1984 y otros se firman en blanco. Asimismo, CC OO ha detectado que las empresas están cobrando subvenciones y recibiendo exenciones por puestos de trabajo que son estables.

En el informe se dice que, en las grandes empresas, es práctica corriente vincular un contrato de formación con otro de prácticas haciendo que los trabajadores roten por sus distintos centros. En hostelería, diariamente se hacen jornadas de 10 y 12 horas al no existir la obligación de elaborar un calendario laboral.

En los distintos sectores, el tope de los tres años para la eventualidad se sobrepasa cambiando la denominación del puesto de trabajo y no se cumple la condición de no haber despedido a ningún trabajador en el último año para contratar uno temporal. También han detectado un desconocimiento generalizado de la obligatoriedad de pagar una indemnización de 12 días por año trabajado en las relaciones contractuales temporales.

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